En el expediente instado por PEDRO DANIEL PASTOR PASTOR sobre concesión de aguas superficiales a derivar del Barranco de la Maymona en el término municipal de San Agustín (Teruel), con un volumen máximo anual de 337,50 m³/año y un caudal máximo instantáneo de 0,15 l/s, con destino a Regadío de 0,27 ha sitas en el término municipal de San Agustín, se ha resuelto favorablemente con arreglo a las condiciones impuestas por esta Confederación Hidrográfica del Júcar, autorizando dicha legalización en el expediente referencia 2016CR0033.
Lo que de orden de su Presidencia se hace público en cumplimiento de las disposiciones vigentes.
Valencia, 10 de febrero de 2025.- Jefe del Área de Gestión del Dominio Público Hidráulico, José Antonio Soria Vidal.
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