La Directora General del Agua del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, por delegación de competencias en el Presidente de la Confederación Hidrográfica del Ebro según Orden TED/533/2021, ha autorizado con fecha 10 de febrero de 2025 la incoación del expediente de información pública del proyecto 10/24 adecuación morfológica y restauración ambiental del río Ebro en el paraje "el ortigoso" fase 2, milagro (Navarra), clave 2021-GM-704, así como de la relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados, a los efectos previstos en el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 15 y siguientes de la Ley, de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa.
Los objetivos del Proyecto son: reducir los efectos de las inundaciones en el tramo del río Ebro que discurre inmediatamente aguas arriba de la confluencia del Ebro con el río Aragón en el término municipal de Milagro (Navarra); contribuir al cumplimiento de los objetivos ambientales del Plan Hidrológico del Ebro de acuerdo con la Directiva Marco del Agua y en coordinación con la Directiva Hábitats y los programas de medidas de los espacios pertenecientes a la Red Natura 2000; recuperar ambientalmente el estado de los ecosistemas acuáticos, terrestres y humedales presentes y potenciales y ordenar y fomentar el uso público sostenible y, con ello, facilitar la gestión del espacio a las Administraciones competentes, propiciando además un marco de colaboración entre las citadas Administraciones que beneficie a todos los usuarios.
Para ello, el Proyecto redactado propone corregir los estrechamientos existentes en la actual canalización de la ribera izquierda del Ebro, incrementar la capacidad de desagüe del cauce y aumentar el espacio de movilidad fluvial a través de las siguientes actuaciones:
· Retirada del dique de defensas actuales en una longitud de 1.838 m. El volumen de excavación asciende a 44.595 m³. Parte de este material se reutilizará en la construcción de la nueva defensa retranqueada, el resto será gestionado de acuerdo a su condición.
· Construcción de una nueva defensa retranqueada con una longitud de 1.098 m. El volumen de terraplén asciende a 81.768 m³. El material necesario provendrá de la retirada de la defensa actual. Previamente, se eliminarán 8,50 ha de frutales correspondientes a los terrenos de la nueva mota.
· Subsolado de 11,57 ha para favorecer la instalación natural de la vegetación y su crecimiento.
· Recuperación de la vegetación de ribera, mediante eliminación de vegetación exótica y plantación de 1.875 especies autóctonas de la zona.
· Control y seguimiento de los trabajos, mediante la realización de los ensayos habituales a la tipología de la obra contratada y un seguimiento fotográfico y audiovisual de inicio a fin obra.
· Fomento de uso público, mediante la instalación de un cartel informativo de las actuaciones.
· Reposición de servicios afectados. Tras los trabajos se repondrán todos los caminos utilizados para el tránsito de maquinaria. También se eliminará un caño que queda en desuso tras las obras.
La relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados por la ejecución de las obras se recoge en el Anejo nº 9 "Relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados" del Proyecto.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre expropiación forzosa y en los artículos 17 y 18 del Decreto de 26 de abril de 1957 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, se somete a información pública el proyecto 10/24 adecuación morfológica y restauración ambiental del río Ebro en el paraje "el ortigoso" fase 2, milagro (Navarra), clave 2021-GM-704, y la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados aneja, cuya expropiación se considera necesaria.
De acuerdo con lo autorizado por la Dirección General del Agua la información pública se desarrollará durante un plazo de veinte (20) días hábiles contados a partir del día siguiente en el que tenga lugar la publicación del último de los anuncios de esta nota en el Boletín Oficial del Estado, en el Boletín Oficial de Navarra o en uno de los diarios de mayor circulación de la Comunidad Foral de Navarra. El anuncio de información pública se expondrá también en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Milagro (Navarra).
La documentación del Proyecto, que incluye la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados con determinación de interesados, podrá ser consultada en las oficinas de la Confederación Hidrográfica del Ebro en Zaragoza, con sede en Paseo Sagasta 24-26 de Zaragoza, mediante cita previa a través del teléfono 976-711-000 o del correo electrónico informacionciudadana@chebro.es.
Asimismo, estará a disposición de los interesados en formato digital en la página web de la Confederación Hidrográfica del Ebro (www.chebro.es) a través de la ruta: www.chebro.es › Servicios a la Ciudadanía › Información Pública › Anuncios. O, si visualiza esta nota mediante medios electrónicos, pulsando directamente en el siguiente enlace: https://www.chebro.es/anuncios.
Durante el expresado plazo podrán presentarse las alegaciones y observaciones que se estimen oportunas en relación al Proyecto, que deberán dirigirse por escrito a la Confederación Hidrográfica del Ebro, indicando la referencia 2021-GM-704, por cualquiera de los medios que a tal efecto determina la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
De igual forma a lo indicado en el párrafo anterior, los interesados podrán aportar los oportunos datos y alegaciones ante esta Confederación, por cualquiera de los medios que a tal efecto determina la citada Ley o por mediación de la Alcaldía del término municipal, para rectificar posibles errores en la relación de bienes y derechos publicada u oponerse, por razones de fondo o forma a la necesidad de ocupación. En este último caso se indicarán los fundamentos de la oposición y se razonarán los motivos por los que deba considerarse preferente la ocupación de otros bienes, o la adquisición de otros derechos distintos y no comprendidos en la relación, como más convenientes al fin que se persigue.
La relación de bienes y derechos afectados es la siguiente:
Nº |
POL. |
PAR. |
REFERENCIA CATASTRAL |
PARAJE MUNICIPIO |
USO PRINCIPAL |
TITULAR CATASTRAL |
SUPERFICIE a expropiar (ha) |
1 |
5 |
482 |
310000000001289162FQ |
El Olivo de Arriba ORTIGOSO MILAGRO |
AGRARIO |
FRUTAS CAMPO BURGO, S.L. |
3,0904 |
2 |
5 |
483 |
310000000001289163GW |
El Olivo de Arriba ORTIGOSO MILAGRO |
AGRARIO |
FRUTAS CAMPO BURGO, S.L. |
2,4103 |
3 |
5 |
486 |
310000000001289165JR |
El Olivo de Arriba ORTIGOSO MILAGRO |
AGRARIO |
FRUTAS CAMPO BURGO, S.L. |
0,5644 |
4 |
5 |
487 |
310000000001289166KT |
El Olivo de Arriba ORTIGOSO MILAGRO |
AGRARIO |
FRUTAS CAMPO BURGO, S.L. |
3,0772 |
En Zaragoza, 14 de febrero de 2025.- La Comisaria de Aguas, Miriam Pardos Duque.
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