Con fecha de 14 de febrero de 2025, el ministro de Transportes y Movilidad Sostenible P.D. el secretario de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible (Orden TMA/1007/2021, modificada por Orden TMA/355/2023; DA quinta RD 253/2024) ha resuelto lo siguiente:
1. Aprobar el expediente de información pública y definitivamente los "Mapas estratégicos de ruido de los grandes ejes viarios de la Red de Carreteras del Estado con peaje al usuario (Cuarta fase)", dando cumplimiento a los artículos 14 y 16 de la Ley 27/2003, de 17 de noviembre, del Ruido.
Haciendo constar que:
A. Se han recibido cincuenta alegaciones que han sido tenidas en consideración, no implicando ninguna de ellas modificación en los documentos del estudio aprobado provisionalmente.
B. Se han evidenciado por parte de la dirección del estudio un error manifiesto en el estudio aprobado provisionalmente, que se subsana con la corrección en la UME C_AGE_30_AP-7_012, provincia de Murcia, del uso de varias edificaciones erróneamente asignadas como residenciales y que en realidad corresponden a "otros usos" por ser de tipo agrícola en la realidad. En consecuencia, se recalculan los parámetros de la modelización acústica y se ajustan:
i. Memoria Resumen de la provincia de Murcia
ii. Las 5 colecciones de planos (Afectación, Ld, Le, Ln y Lden) de esta UME.
2. Ordenar que la Subdirección General de Conservación y Gestión de Activos lleve a cabo los trámites necesarios para que la presente Resolución sea publicada en el Boletín Oficial del Estado.
3. Ordenar que la Subdirección General de Conservación y Gestión de Activos dé traslado de la presente Resolución según lo dispuesto en los artículos 4 y 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
4. Ordenar que toda la información obtenida en las alegaciones recibidas en el trámite de información pública sea tenida en cuenta en la elaboración del Plan de Acción correspondiente a la cuarta fase de aplicación de la Directiva 2002/49/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de junio de 2002, sobre evaluación y gestión del ruido ambiental.
La documentación que compone el presente estudio estará a disposición de todos los interesados en la página web del Sistema de Información sobre la Contaminación Acústica (http://sicaweb.cedex.es).
La presente Resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Contra la misma se puede interponer recurso potestativo de reposición, ante el Sr. Ministro, en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de la publicación de aquella en el "Boletín Oficial del Estado", sin que quepa formular el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
Madrid, 14 de febrero de 2025.- La Subdirectora General de Conservación y Gestión de Activos, Paula Pérez López.
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