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Documento BORME-C-2024-4033

INTERNATIONAL TECHNOLOGY 3D PRINTERS, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
IT3D TECHNOLOGY, S.L.
COSMOS 3D INNOVATECH INTERNATIONAL, S.L.
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 125, páginas 5025 a 5025 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-4033

TEXTO

De conformidad con lo previsto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, (en adelante, "RD 5/2023"), se hace público que el 28 de junio de 2024 los socios tanto de (i) INTERNATIONAL TECHNOLOGY 3D PRINTERS, S.L. (en adelante, "Sociedad Escindida"), (ii) IT3D TECHNOLOGY, S.L., (en adelante, "IT3D Technology") y (iii) COSMOS 3D INNOVATECH INTERNATIONAL, S.L. (en adelante, "Cosmos" y conjuntamente con IT3D Technology, las "Sociedades Beneficiarias") han acordado aprobar la operación de escisión total consistente en la transmisión en bloque por sucesión universal a favor de las Sociedades Beneficiarias, las siguientes ramas de actividad que constituyen cada una, una unidad económica independiente, produciéndose en consecuencia la disolución y extinción sin liquidación de la Sociedad Escindida:

(i) A IT3D TECHNOLOGY: la rama de actividad relativa a la comercialización y distribución de productos relacionados con la impresión 3D, así como todos aquellos derechos, bienes y obligaciones inherentes a dicha rama de negocio; y

(ii) A COSMOS: la fabricación y desarrollo de productos relacionados con la impresión 3D para el sector de la construcción, así como todos aquellos derechos, bienes y obligaciones inherentes a dicha rama de negocio.

Se hace constar que, conforme al artículo 9 del RD 5/2023, no se ha llevado a cabo anuncio, publicación o depósito previo alguno de los documentos exigidos por la Ley (salvo el informe de administradores dirigido a los trabajadores, que ha sido puesto a disposición de éstos a los efectos legales oportunos), dado que los acuerdos de escisión total han sido adoptados por unanimidad de la Junta General Extraordinaria y Universal de socios tanto de la Sociedad Escindida como de las Beneficiarias.

Conforme a lo establecido en el artículo 10 del RD 5/2023, igualmente se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la escisión a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y los respectivos balances de escisión. Se hace constar asimismo el derecho de protección que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades participantes en la escisión, que lo podrán ejercitar en el plazo de un mes desde la publicación del último anuncio de escisión, en los términos previstos en los artículos 13 y 14 del RD 5/2023.

Puerto de Sagunto (Valencia), 28 de junio de 2024.- Administrador Único de International Technology 3D Printers, S.L., IT3D Technology, S.L., y Cosmos 3D Innovatech International, S.L, D. Rubén García Muñoz.

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