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Documento BORME-C-2024-6214

SOCIEDAD ESTATAL CORREOS Y TELÉGRAFOS S.A., S.M.E.

Publicado en:
«BORME» núm. 222, páginas 7657 a 7657 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2024-6214

TEXTO

A los efectos del artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital y 170 del Reglamento del Registro Mercantil, se hace pública la decisión del socio único, de 13 de noviembre de 2024, que acuerda la reducción de capital social en 211.521.000,00 euros.

En consecuencia, el capital social (antes 611.521.000,00 euros) queda fijado en 400.000.000,00 euros. Se amortizan 211.521 acciones (numeradas de manera correlativa del 400.001 al 611.521) y el capital quedará dividido en 400.000 acciones con valor nominal de 1.000 euros por acción. Todas las acciones siguen perteneciendo al socio único, la Entidad de Derecho Público Sociedad Estatal de Participaciones Industriales.

El socio único ha acordado, simultáneamente a la reducción de capital social, aplicar 61.847.220,71 euros de la reserva legal para compensar las pérdidas de ejercicios anteriores.

La reserva legal, tras la reducción de capital social, queda fijada en 40.000.000 euros; el 10% de la nueva cifra de capital social.

El socio único ha acordado que, una vez aplicada esa parte de la reserva legal para compensar pérdidas, el importe de la reducción de capital social se destine a los siguientes fines:

a) Para compensar pérdidas, 23.359.158,72 euros.

b) Para compensar las reservas negativas de conversión al nuevo Plan General Contable, 5.347.697,59 euros.

c) Para compensar las reservas negativas de fusión con la filial Nexea, 135.323,49 euros.

d) Para dotar una reserva voluntaria, 182.678.820,20 euros

En consecuencia, la reducción de capital se realiza con la finalidad de sanear el patrimonio neto de la Sociedad y compensar las pérdidas acumuladas de los ejercicios anteriores y las previstas para el propio ejercicio 2024.

El acuerdo de reducción del capital social implica la modificación de los artículos 6 y 7 de los Estatutos.

Conforme a los artículos 334 y 336 de la Ley de Sociedades de Capital, los acreedores podrán ejercitar el derecho de oposición en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo.

Madrid, 15 de noviembre de 2024.- El Secretario del Consejo de Administración, Rafael Domínguez Olivera.

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