Contido non dispoñible en galego

Está Vd. en

Documento BORME-C-2024-6808

EXPLOTACIONES AGRICOLAS Y FORESTALES BRUGAROL, SAU

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

URBANIZACIONES MAS DEL VENT, SL

(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 240, páginas 8372 a 8372 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-6808

TEXTO

Se hace público que el accionista único de Explotaciones Agricolas y Forestales Brugarol, SAU aprobó, en fecha 26 de noviembre de 2024, la fusión entre Explotaciones Agricolas y Forestales Brugarol, S.A.U., como sociedad absorbente, y Urbanizaciones Mas del Vent, S.L., como sociedad absorbida, que dará lugar, una vez concluido el proceso de fusión, a la extinción de la sociedad absorbida, y la transmisión en bloque de la totalidad del patrimonio social de ésta a favor de la sociedad absorbente, quien adquirirá por sucesión a título universal la totalidad de los derechos y obligaciones que compone el patrimonio de la sociedad absorbida, todo ello en los términos y condiciones del Proyecto de Fusión suscrito por las Administradoras Solidarias de Explotaciones Agricolas y Forestales Brugarol, S.A.U. y las Administradoras Solidarias de Urbanizaciones Mas del Vent, S.L. y depositado en el Registro Mercantil de Barcelona. A efectos contables, se fija como fecha a partir de la cual las operaciones de la sociedad que se extinga han de considerarse realizadas por la sociedad absorbente, la del día 1 de enero de 2024.

Al estar tanto la sociedad absorbida como la absorbente participadas de forma directa o indirecta por el mismo socio, no es necesario efectuar ampliaciones de capital ni entregar nuevas participaciones a los socios, ni ha lugar a establecer relación de canje ni procedimiento de canje. Tampoco es necesaria la elaboración de informes de los Administradores sobre el Proyecto de Fusión ni la elaboración de informe por parte de experto independiente, ni la aprobación de la fusión por la sociedad absorbida. No se reconoce a sujeto alguno titular de derechos especiales.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el artículo 13 del Real Decreto Ley 5/2023 de transposición de directivas sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.

Barcelona, 4 de diciembre de 2024.- Las Administradoras Solidarias de Explotaciones Agricolas y Forestales Brugarol, S.A.U, Doña Victoria Henriette Engelhorn y Doña María Pilar Miñana Moliner. Las Administradoras Solidarias de Urbanizaciones Mas del Vent, S.L., Doña Núria Rius Riu, y Doña María Pilar Miñana Moliner.

subir

Axencia Estatal Boletín Oficial do Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid