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Documento BORME-C-2024-6829

SOSMART INVERSIONES, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 240, páginas 8396 a 8396 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2024-6829

TEXTO

A los efectos de lo dispuesto en el artículo 319 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital ("LSC"), se hace público que la junta general de accionistas de Sosmart Inversiones, S.A. (la "Sociedad") ha acordado, con fecha 9 de diciembre de 2024: (i) la reducción del capital social mediante la amortización de 33.128 acciones propias, esto es, en la suma de 282.250,56 euros, así como (ii) la reducción del capital social en la cantidad máxima de 611.582,64 euros, mediante la adquisición de acciones propias para su amortización, pudiendo ser ejecutada parcialmente en caso de no alcanzar dicho importe. Lo anterior implicará la modificación del artículo 5º de los Estatutos Sociales relativo al capital social.

Para llevar a cabo esta reducción de capital social, la Junta General de la Sociedad ha acordado formular una oferta de compra de acciones propias en los términos que se indican a continuación que, de conformidad con el artículo 339 de la LSC, está dirigida a todos los accionistas de la Sociedad:

i. Número máximo a adquirir: 71.782 acciones.

ii. Precio por acción: 6,506914 euros.

iii. Forma de pago: aplazado, satisfecho por la Sociedad en el plazo de doce (12) meses desde la fecha de formalización de la escritura de compraventa.

iv. Gastos derivados de la adquisición: de cuenta de la Sociedad.

v. Plazo de aceptación de la oferta de adquisición: un mes desde la publicación del presente anuncio.

Los accionistas que deseen transmitir sus acciones en los términos indicados deberán comunicarlo por escrito a la Sociedad en el plazo indicado mediante carta dirigida al órgano de administración, dejando constancia de la aceptación a la oferta de compra y el número de acciones, incluida su numeración, que desean transmitir a la Sociedad en los términos indicados.

Los acreedores de la Sociedad cuyos créditos hayan nacido antes de la fecha del último anuncio del acuerdo de reducción del capital social, no hayan vencido en ese momento y hasta que se les garanticen tales créditos tendrá el derecho de oponerse a la reducción en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo de reducción del capital social, de conformidad con lo establecido en los artículos 334 y 336 LSC.

En Valencia, 9 de diciembre de 2024.- La Presidenta del consejo, Rosa María Sos Romeu.

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