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Documento BORME-C-2024-6842

CONSTRUCTORA DE VIVIENDAS UNIFAMILIARES, S.L.

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

GESTORES INMOBILIARIOS, S.L.

(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 241, páginas 8410 a 8410 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-6842

TEXTO

De conformidad con lo establecido en el artículo 9 y 53 en relación con el 56 del RDL 5/2023, se hace público que en las Juntas Generales de las mercantiles "CONSTRUCTORA DE VIVIENDAS UNIFAMILIARES, S.L." (SOCIEDAD ABSORBENTE) Y "GESTORES INMOBILIARIOS, S.L." (SOCIEDAD ABSORBIDA), celebradas con carácter Universal el día 11 de diciembre en Madrid, en el domicilio social de las mismas, adoptaron el acuerdo unánime de Fusión por absorción mediante la transmisión título universal del patrimonio de la sociedad absorbida "GESTORES INMOBILIARIOS, S.L." a la sociedad absorbente "CONSTRUCTORA DE VIVIENDAS UNIFAMILIARES, S.L.", y disolución sin liquidación y extinción de la sociedad absorbida, con ampliación de capital en la sociedad absorbente, todo ello con modificación de los artículos correspondientes de los estatutos sociales, conforme a los términos y condiciones del proyecto común de fusión suscrito por los administradores de las sociedades intervinientes.

Conforme a los artículos reseñados, al haberse tomado el acuerdo de fusión en Junta Universal y con acuerdo unánime de todos los socios, el acuerdo podrá adoptarse sin necesidad de depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los administradores sobre el proyecto de fusión. No obstante, ha sido emitido informe de los administradores respecto a los efectos sobre el empleo y comunicado a los trabajadores de ambas empresas.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades mercantiles participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión. Igualmente se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el RDL 5/2003, durante el plazo de un mes contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.

Madrid, 11 de diciembre de 2024.- Juan Ignacio Sanz Iglesias, Administrador Solidario de ambas sociedades.

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