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Documento BORME-C-2024-6844

GRUPO ANTOLIN - ARAGUSA, S.A.U.

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

GRUPO ANTOLIN -DAPSA, S.A.U.

(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 241, páginas 8412 a 8412 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-6844

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio ("RDL 5/2023" ), de (entre otros) transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles, se hace público que el día 13 de diciembre de 2024, el accionista único de las sociedades Grupo Antolin - Aragusa, S.A.U. y Grupo Antolin – Dapsa, S.A.U., conjuntamente "Sociedades Participantes", ha aprobado la operación de fusión por absorción de Grupo Antolin - Dapsa, S.A.U. por parte de Grupo Antolin - Aragusa, S.A.U., en virtud de la cual la primera se disolverá sin liquidación, transmitiendo en bloque todo su patrimonio a título universal en favor de Grupo Antolin - Aragusa, S.A.U., subrogándose esta última en todos los derechos y obligaciones que ostenta Grupo Antolin - Dapsa, S.A.U., en los términos y condiciones que constan en el Proyecto Común de Fusión, aprobado y suscrito por los órganos de administración de las Sociedades Participantes con fecha 28 de junio de 2024.

Encontrándose las Sociedades Participantes íntegramente participadas de forma directa por el mismo accionista único (fusión gemelar), resulta de aplicación el régimen simplificado previsto en los artículos 9 y 53 del RDL 5/2023, por remisión del artículo 56.1 del mismo cuerpo legal.

Los órganos de administración de las Sociedades Participantes en la operación de fusión, elaboraron el 28 de junio de 2024, el informe por lo que se refiere únicamente a la sección destinada a los trabajadores, que fue puesto a disposición de los representes de los trabajadores de ambas sociedades, en tiempo y forma, junto con el Proyecto Común de Fusión y toda la documentación pertinente, en cumplimiento de los dispuesto en los artículos 5 y 46 del RDL 5/2023, para el ejercicio de los derechos que legalmente les correspondan.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios, y acreedores de las Sociedades Participantes en la operación de fusión de obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y de los balances de fusión, así como a ejercitar los derechos reconocidos en el RDL 5/2023.

Burgos, 13 de diciembre de 2024.- Secretario no Consejero del Consejo de Administración de Grupo Antolin – Aragusa, S.A.U. Don Jesús Javier Ballesteros González, Secretario no Consejero del Consejo de Administración de Grupo Antolin- Dapsa, S.A.U, Don Pablo Ruiz Ferreiro.

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