Conforme a lo dispuesto en el artículo 10 del vigente Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que, entre otros, se traspone la Directiva de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales ("RDLME"), se hace público que con fecha 30 de octubre de 2024, los socios de las sociedades, "GRUPO ALIANZAS 2004, S.L.". "ALIANZA SPORT, S.L." y "IDENTTY PEOPLE BUSINESS, S.L." (las "Sociedades Intervinientes"), han acordado por unanimidad y en Junta Universal, la adopción de la fusión por absorción, de las sociedades "ALIANZA SPORT, S.L." y "IDENTTY PEOPLE BUSINESS, S.L.", con disolución sin liquidación de la Sociedades Absorbidas y traspaso en bloque a título universal del patrimonio de las mismas a favor de la Sociedad Absorbente.
De acuerdo con lo preceptuado en el artículo 9 del RDLME, el acuerdo de fusión puede adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por el RDLME y sin informe de los Administradores sobre el proyecto de fusión. No obstante, el informe de la administración sobre los efectos en el empleo ha sido emitido y debidamente comunicado a los trabajadores de ambas empresas. Asimismo, de acuerdo con los artículos 6.7 y 41 del RDLME no es necesario contar con el informe de experto independiente.
De acuerdo con el artículo 10.1 del RDLME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las Sociedades Intervinientes a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión por absorción.
En Madrid, el, 13 de diciembre de 2024.- El Administrador Único de "Grupo Alianzas 2004, S.L.". "Alianza Sport, S.L." y " Identty People Business, S.L.", D. Mariano Aguilar López.
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