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De conformidad con el artículo 53 y 56 del Real Decreto 5/2023, de 28 de junio, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (en lo sucesivo, la "RDLME") se hace público que el día 28 de junio de 2024, los órganos de administración de Servicomput, S.A.U. (en adelante, "Servicomput" o la "Sociedad Absorbente"), TSS Centelles, S.L.U. (en adelante, "TSS") y Development Factory & Research, S.L.U. (en adelante, "DFR") han suscrito el proyecto común de fusión por absorción (en adelante, el "Proyecto de Fusión") en relación con la operación de fusión por absorción en la que Servicomput absorberá a TSS y DFR (en adelante, las "Sociedades Absorbidas"). Las Sociedad Absorbente y las Sociedades Absorbidas serán referidas de forma conjunta, en lo sucesivo, como las "Sociedades Intervinientes". La fusión proyectada se enmarca en el contexto de la reestructuración empresarial de la estructura del grupo del que forman parte las Sociedades Intervinientes.
La operación de fusión por absorción de las Sociedades Absorbidas por Servicomput (en adelante, la "Fusión") permite simplificar la estructura societaria del grupo al que pertenecen las Sociedades Intervinientes, dotándola de una mayor eficiencia necesaria para competir en el mercado en el que opera obteniendo, entre otros beneficios, un ahorro en los costes de gestión y administración, así como alcanzar un modelo organizativo único evitando duplicidades de costes.
La Fusión será ejecutada conforme al procedimiento establecido en el artículo 53.1 del RDLME, por remisión del artículo 56, con relación a las fusiones por absorción de sociedades íntegramente participadas dado que TSS es titular de forma directa de todas las acciones y participaciones en que se divide el capital social de la Sociedad Absorbente y de DFR, respectivamente, y, en consecuencia:
(i) No se producirá aumento de capital alguno en la Sociedad Absorbente de cara a la integración del patrimonio de TSS y DFR que será transmitido en bloque por sucesión universal como consecuencia de la Fusión.
(ii) El Proyecto de Fusión no hace referencia (a) al tipo y procedimiento de canje de las acciones y a la compensación complementaria en dinero; (b) las modalidades de entrega de las acciones de la Sociedad Absorbente a los socios de las Sociedades Absorbidas; (c) la fecha a partir de la cual los titulares de las nuevas acciones tendrán derecho a participar en las ganancias sociales y cualesquiera peculiaridades relativas a este derecho; (d) la información sobre la valoración del activo y pasivo del patrimonio de las Sociedades Absorbidas que se transmitirá a la Sociedad Absorbente; y (e) las fechas de las cuentas de las Sociedades Intervinientes utilizadas para establecer las condiciones en que se realiza la Fusión. Asimismo, se hace constar expresamente que (i) el texto íntegro del Proyecto de Fusión, de las cuentas anuales y los informes de gestión de los tres últimos ejercicios, de los informes de auditores en las sociedades en las que fuera legalmente exigible, del informe de administradores y del informe de experto independiente ha sido puesto a disposición de los socios, acreedores y representantes de trabajadores o, en su caso, trabajadores de las Sociedades Intervinientes en el domicilio social de cada sociedad y se ha facilitado la entrega o el envío gratuitos del texto íntegro de los mismos y (ii) no se han formulado ni presentado observaciones a la Fusión o la documentación relativa a la Fusión por los representantes de los trabajadores o, en su caso de los trabajadores, de las Sociedades Intervinientes, hasta cinco (5) días laborables antes de la fecha de celebración de la junta general extraordinaria de la Sociedades Intervinientes aprobando la Fusión.
Barcelona, 16 de diciembre de 2024.- Representante del Administrador Único de Servicomput y DFR (TSS Centelles, S.L.U.) y TSS Centelles, S.L.U. (Total Specific Solutions BV), D. Jurriaan Leonard Jan Frederik Piek.
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