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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 319 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de accionistas de la Sociedad PLATOS TRADICIONALES, S.A., celebrada el 4 de diciembre de 2024, adoptó por unanimidad, entre otros, los siguientes acuerdos:
I.- Reducción de capital por amortización de acciones en autocartera. Se acordó reducir el capital social en la cifra de 775.000 euros, mediante la amortización de 7.750 acciones propias 4.751 a 5000, y 147.501 a 155.000, todas inclusive, de un valor nominal por acción de 100 euros cada una, que poseía la Sociedad en autocartera, las cuales habían sido previamente adquiridas por la Sociedad por título de compraventa.
La reducción de capital social mediante la amortización de las acciones propias de la Sociedad no comportará devolución de aportaciones a los accionistas por ser la propia Sociedad la titular de las acciones que se amortizan. Por tanto, la finalidad de la mencionada reducción será únicamente la amortización de tales acciones propias.
Como consecuencia de la amortización de estas acciones propias, se registra una reducción del importe del capital social igual al valor nominal de las acciones amortizadas, esto es, por un importe de 775.000 euros. Como consecuencia de la reducción de capital, se procedió a renumerar las acciones y dar nueva redacción al artículo 5 de los Estatutos Sociales, quedando el capital fijado en 14.725.000 euros, representado por 147.250 acciones nominativas, iguales, ordinarias, integrantes de una única y misma serie, de 100 euros valor nominal cada una de ellas, numeradas de la 1 a la 147.250, ambas inclusive, totalmente suscritas y desembolsadas.
II. Reducción de capital mediante la disminución del valor nominal de las acciones, en la cantidad de 10.307.500 euros. Se reduce 70 euros el valor nominal de cada una de las 147.250 acciones, de forma que el valor nominal de cada una de ellas pasa a ser de 30 euros.
Esta reducción de capital se realiza íntegramente con cargo al capital social por el importe del valor nominal de las acciones reducido, no altera el número de acciones de la Sociedad y no varía la proporción de tenencia del capital social.
Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 318.2 de la LSC y en el artículo 170.1 del Reglamento del Registro Mercantil, se hace constar que la finalidad de la reducción de capital es la devolución de aportaciones a los accionistas.
Se deja expresa constancia de que la Junta General de accionistas procedió, acto seguido y en la misma sesión, a modificar el artículo 5 de los Estatutos Sociales de la Sociedad. Al objeto de reflejar la nueva cifra de capital social, quedando finalmente establecido en 4.417.500 euros, representado por 147.250 acciones nominativas, iguales, ordinarias, integrantes de una única y misma serie, de 30 euros valor nominal cada una de ellas, numeradas de la 1 a la 147.250, ambas inclusive, totalmente suscritas y desembolsadas.
Los acuerdos anteriores se hacen públicos a los efectos de que los acreedores de la Sociedad puedan formular su derecho de oposición a la citada reducción de capital social en el plazo de un (1) mes, en los términos previstos en los artículos 334 y 336 de la Ley de Sociedades de Capital.
Buñol, Valencia, 11 de diciembre de 2024.- Secretario del consejo de administración, Don Francisco Cristóbal González Montañana.
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