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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta de las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea ("RDL 5/2023"), y disposiciones concordantes, se hace público que en fecha 20 de noviembre de 2024 la Sociedad de GRUPO MORILLO ARTIEL, S.L. (la "Sociedad Absorbente"), celebró Junta General Extraordinaria y Universal, acordando la fusión por absorción de CALTEC INNOVACIONS, S.L.U., DISTRIBUCIONS SORBAY, S.L.U. y KOSECK 2000, S.L.U., (las "Sociedades Absorbidas"), mediante transmisión a título universal de los patrimonios de estas a la Sociedad Absorbente y disolución sin liquidación de las Sociedades Absorbidas. En lo sucesivo, estas sociedades se denominarán conjuntamente como las "Sociedades Participantes").
El referido acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al Proyecto de Fusión redactado y suscrito en fecha 4 de noviembre de 2024 por la Administradora Única de las Sociedades Participantes, y que fue aprobado por la Junta General Extraordinaria y Universal de la Sociedad Absorbente en fecha 20 de noviembre de 2024.
A los efectos anteriores se pone de manifiesto que la fusión se realizará conforme al procedimiento regulado en el artículo 53 del RDL 5/2023, al tratarse de una fusión por absorción en la que la Sociedad Absorbente resulta ser titular de la totalidad de las participaciones sociales en las que se distribuye el capital social de las Sociedades Absorbidas, pudiendo acogerse por ello al procedimiento simplificado de las fusiones especiales.
La fecha de los efectos contables de la fusión se ha fijado para el día 1 de enero de 2024.
La fusión ha sido aprobada por el acuerdo unánime de fusión contemplado en el artículo 9 del RDL 5/2023, no siendo por tanto preceptivo el depósito y publicación previa de los documentos exigidos por los artículos 7 y 46 del RDL 5/2023, los cuales se incorporarán a la escritura de fusión. En todo caso, los derechos de los trabajadores de las Sociedades Participantes de información sobre la fusión acordada no se han visto restringidos por el hecho de que la fusión haya sido aprobada por la Junta General Extraordinaria y Universal de la Sociedad Absorbente.
De conformidad con el artículo 10 del RDL 5/2023, se hace constar en este anuncio el derecho que asiste a los socios y acreedores de las Sociedades Participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho que asiste a los acreedores de conformidad con el artículo 13 del RDL 5/2023. Del mismo modo se hace constar que se ha cumplido con la obligación prevista de información a los trabajadores sobre el objeto y alcance de la fusión proyectada y sobre el ejercicio de los derechos que legalmente les corresponden.
Rubi (Barcelona), 21 de noviembre de 2024.- Administradora Única de la Sociedad Absorbente y de las Sociedades Absorbidas, María Rosa Morillo Garfella.
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