De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio (el "RD-L 5/2023"), se hace público que, el día 17 de diciembre de 2024, la Junta General de socios de ACCIONA RECARGA, S.L. (Sociedad Absorbente), ha aprobado la fusión por absorción, por parte de esta sociedad, de sus sociedades íntegramente participadas REC ENERGY SOLUTIONS, S.L.U., CARGACOCHES CANTABRIA, S.L.U., CHARGE AND PARKING, S.L.U. (Sociedades Absorbidas), de modo que, tras el proceso de fusión por absorción, sólo existirá la sociedad ACCIONA RECARGA, S.L., que habrá adquirido en bloque el patrimonio de las Sociedades Absorbidas, que se extinguirán, por sucesión universal en sus derechos y obligaciones.
El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión de fecha 17 de diciembre de 2024, el cual ha sido redactado por los órganos de administración de todas las sociedades participantes en la fusión.
La fusión se realiza de conformidad con el procedimiento simplificado previsto en los artículos 53 y concordantes del RD-L 5/2023 al tratarse de una fusión por absorción en la que la Sociedad Absorbente es titular de forma directa de todas las participaciones sociales en que se divide el capital de las Sociedades Absorbidas, por lo que no ha resultado necesario para la fusión (i) la inclusión en el proyecto de fusión de las menciones incluidas en los apartados 2, 3, 5, 6, 7 y 8 del artículo 40 del RD-L 5/2023, (ii) los informes de administradores y expertos sobre el proyecto de fusión (iii) el aumento de capital de la Sociedad Absorbente, y (iv) la aprobación de la fusión por las Juntas Generales de las Sociedades Absorbidas.
Asimismo, habiéndose acordado por unanimidad la fusión por la Junta General de la Sociedad Absorbente, de conformidad con lo establecido en el artículo 9 del RD-L 5/2023, se ha adoptado el acuerdo sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por el RD-L 5/2023.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, del proyecto y de los balances de fusión.
Los acreedores de cada una de las sociedades cuyos créditos hayan nacido con anterioridad a la fecha de publicación de este anuncio disponen del plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio de fusión, para ejercitar las acciones previstas en los apartados Primero, Segundo y Tercero del artículo 13.1 del RD-L 5/2023.
Por último, se hace constar que se ha puesto de igual modo en conocimiento de los representantes de los trabajadores conforme a lo dispuesto en el RD-L 5/2023, para el ejercicio de los derechos que legalmente les corresponden.
Madrid, 17 de diciembre de 2024.- En calidad de Presidente del Consejo de Administración de Acciona Recarga, S.L. (Sociedad Absorbente), Acciona Desarrollo Corporativo Energía, S.L.U., representada por David Liste Alba y en calidad de Administradores Mancomunados de Rec Energy Solutions, S.L.U., Cargacoches Cantabria, S.L.U. y Charge and Parking, S.L.U. (Sociedades Absorbidas), Fernando A. Moliner Robredo y Acciona Administración Energía, S.L.U., representada por Fernando José Rico Pérez.
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