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Documento BORME-C-2024-6992

DIGITAL LA PAZ, S.L.U.

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

PRINTALIAS SERVICIOS AVANZADOS DE IMPRESION DIGITAL, S.L.U.

(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 245, páginas 8580 a 8580 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-6992

TEXTO

De conformidad con el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea ("RDLME"), se hace público que, el día 17 de diciembre de 2024, el socio único de Digital La Paz, S.L.U. (la "Sociedad Absorbente") acordó la fusión por absorción entre la Sociedad Absorbente y Printalias Servicios Avanzados de Impresión Digital, S.L.U. (la "Sociedad Absorbida"), con disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida y la transmisión en bloque de todo su patrimonio en favor de la Sociedad Absorbente, la cual adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida de conformidad con el Proyecto común de fusión suscrito por los órganos de administración de ambas sociedades.

Se hace constar que, con motivo de que tanto la Sociedad Absorbente como la Sociedad Absorbida se encuentran íntegramente participadas de forma directa por el mismo socio único, de conformidad con el artículo 53.1 por remisión del 56.1 RDLME, la fusión acordada se realizará sin ampliación de capital en la Sociedad Absorbente.

A efectos de lo establecido en el artículo 10 RDLME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la operación de fusión por absorción a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y de los respectivos balances de fusión. Asimismo, se informa a los acreedores de que puedan ejercitar los derechos que, en su caso, les correspondan conforme a lo previsto en el artículo 13 RDLME.

En Torredonjimeno (Jaén) a, 17 de diciembre de 2024.- Administrador Único de Digital La Paz, S.L.U., D. José Madero Montero. Administradora Solidaria de Printalias Servicios Avanzados de Impresión Digital, S.L.U, Dª. María Madero Nogueras.

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