Contido non dispoñible en galego
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio (en adelante RDL 5/2023), se hace público que la Junta General Extraordinaria de Socios de Grupo Layna Gestión de Residuos, S.L. (sociedad parcialmente escindida) celebrada con carácter universal el 20 de diciembre de 2024 aprobó, por unanimidad, la escisión parcial de Grupo Layna Gestión de Residuos, S.L., a favor de la sociedad de nueva creación, RLG 24 Servicios Ambientales, S.L., la cual se constituirá simultáneamente, adquiriendo por sucesión universal todos los derechos y obligaciones inherentes a dicho patrimonio escindido y adjudicando a los socios de la sociedad parcialmente escindida las participaciones sociales de la sociedad beneficiaria de nueva creación, que conllevará la reducción de los fondos propios de la sociedad parcialmente escindida, todo ello de conformidad con el Proyecto de Escisión Parcial redactado y suscrito por el órgano de administración de Grupo Layna Gestión de Residuos, S.L. en fecha de 19 de diciembre de 2024.
En virtud del artículo 9 del RDL 5/2023, al haberse adoptado el acuerdo de escisión parcial en Junta universal y por unanimidad de todos los socios de la sociedad escindida y por el procedimiento simplificado previsto en el artículo 71 de la misma norma, no es necesario publicar o depositar previamente el proyecto de escisión ni es necesario el informe de los Administradores sobre el mismo.
Asimismo, en aplicación del citado régimen simplificado que se recoge en el artículo 71 del RDL 5/2023, al atribuirse a los socios de la sociedad escindida las participaciones sociales de la sociedad beneficiaria de nueva creación proporcionalmente a los derechos que tenían en el capital social de aquella, no es necesario el informe de los administradores sobre el proyecto de escisión, ni el informe de expertos independientes, así como tampoco el Balance de escisión.
No obstante, se hace constar que el proyecto de escisión aprobado en el acuerdo de escisión parcial contiene el detalle de los elementos de activo y pasivo que componen el patrimonio escindido transmitido a la sociedad beneficiaria de nueva creación RLG 24 Servicios Ambientales, S.L
Se ha informado debidamente a los trabajadores afectados sobre el objeto y el alcance de la escisión proyectada y, en particular, sobre las implicaciones que ésta tiene sobre el empleo.
Asimismo, de conformidad con lo establecido en el RDL 5/2023, se hace público el derecho de los socios, acreedores y representantes de los trabajadores de las sociedades participantes en la escisión parcial de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados. Se informa igualmente a los acreedores de su derecho de oponerse a la escisión parcial en el plazo y los términos previstos en el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio.
Alcalá de Henares, 23 de diciembre de 2024.- Secretario del Consejo de Administración, D. Florentino Nespereira Salgado.
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