En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio de transposición, entre otras, de la Directiva de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (el "RD 5/2023"), aplicable por remisión de los artículos 80 y siguientes del RD 5/2023, se hace público que, con fecha, respectivamente, de 20 de diciembre y 23 de diciembre de 2024, el socio único de la sociedad española ICAPE Ibérica, S.L.U. (la "Sociedad Absorbente"), y de la sociedad portuguesa ICAPE Portugal - Electronics, Unipessoal Lda. (la "Sociedad Absorbida"), esto es, la sociedad de nacionalidad francesa ICAPE Holdings, S.A. (el "Socio Único"), aprobó la fusión por absorción transfronteriza intracomunitaria entre ambas sociedades, estando la Sociedad Absorbente y la Sociedad Absorbida íntegramente participadas de forma directa por el Socio Único, todo ello conforme a lo previsto en los artículos 53 en relación con el artículo 56 del RD 5/2023, con transmisión a título universal del patrimonio íntegro de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente, y disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, en los términos y condiciones que se indican en el Proyecto Común de Fusión suscrito por los administradores de las sociedades intervinientes el 19 de septiembre de 2024.
Dicho Proyecto ha sido puesto a disposición de los socios, obligacionistas, titulares de derechos especiales y de los trabajadores en el domicilio social de las sociedades intervinientes, junto con la restante documentación prevista en el artículo 46 del RD 5/2023 así como de conformidad con lo previsto en el artículo 89 del RD 5/2023.
En la medida en que la Sociedad Absorbente es una sociedad constituida conforme al Derecho español y la Sociedad Absorbida es una sociedad constituida conforme al Derecho portugués, la fusión es una fusión transfronteriza intracomunitaria que se rige por lo establecido en las respectivas leyes nacionales de las sociedades que participan en la misma, en atención a la transposición de la Directiva (UE) 2019/2121 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de noviembre de 2019, por la que se modifica la Directiva (UE) 2017/1132 en lo relativo a las transformaciones, fusiones y escisiones transfronterizas de las sociedades de capital.
La fusión aprobada se efectúa atendiendo a lo dispuesto en los artículos 53 y 56 del RD 5/2023, al tratarse de la absorción de sociedades íntegramente participadas de forma directa por el mismo Socio Único y atendiendo a lo dispuesto en los artículos 84 y siguientes y 101 a 106 del RD 5/2023 por tratarse de una fusión transfronteriza intracomunitaria.
De conformidad con lo previsto en el artículo 10 del RD 5/2023, se hace constar expresamente el derecho de los socios y de los acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como de los balances de fusión, dirigiéndose al domicilio social de cualquiera de las sociedades participantes en la fusión transfronteriza: ICAPE Ibérica, S.L.U. (Sociedad Absorbente) sito en Rambla Josep Tarradellas, 1 08402 Granollers - Barcelona (España); ICAPE Portugal - Electronics, Unipessoal Lda. sito en Rua Padre José Estevens Días, nº 45, 2955-212 Pinhal Novo, Portugal
Barcelona, 26 de diciembre de 2024.- El administrador único de la Sociedad Absorbente, D. Óscar Tejedor Badía.
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