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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que, entre otras cuestiones, se adoptan determinadas medidas de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles ("RDLME"), se hace público que, con fecha 28 de marzo de 2025, la junta general extraordinaria y universal de socios de Globalseasand, S.L. (la "Sociedad Absorbente"), adoptó los acuerdos relativos a la aprobación de la fusión por absorción (la "Fusión") de Calcasu, S.L.U. (la "Sociedad Absorbida") por parte de la Sociedad Absorbente, sin que fuera necesaria la adopción de decisiones relativas a la aprobación de la Fusión por parte del socio único de la Sociedad Absorbida, por tratarse de un supuesto de absorción de sociedad íntegramente participada conforme al artículo 53 del RDLME.
La Fusión implica la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida con aportación en bloque por sucesión universal de su patrimonio social a la Sociedad Absorbente, quedando ésta última subrogada en la titularidad de todos los activos, pasivos, derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida, y todo ello con arreglo a los términos establecidos en el proyecto común de fusión por absorción formulado y firmado por los correspondientes órganos de administración de la Sociedad Absorbida y de la Sociedad Absorbente, con fecha 28 de marzo de 2025.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de las sociedades intervinientes en la Fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos y decisiones adoptados y de los balances de fusión, en los términos previstos en el RDLME.
Alzira (Valencia), 28 de marzo de 2025.- El administrador único de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida, Alberto Luis Campos Suñer.
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