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Documento BORME-C-2025-1091

MRL ROJAS SEGUROS E INVERSIONES, S.L.

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

ANDRES ROJAS, S.L. AGENCIA DE SEGUROS

(ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 65, páginas 1470 a 1470 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2025-1091

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto Ley 5/2023 sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante RDL 5/2023) se hace público que la junta general extraordinaria y universal de socios de MRL ROJAS SEGUROS E INVERSIONES, S.L., en decisión adoptada con fecha 31 de diciembre de 2024 acordó la fusión impropia por absorción de ANDRES ROJAS, S.L. AGENCIA DE SEGUROS (la Sociedad Absorbida) por parte de MRL ROJAS SEGUROS E INVERSIONES, S.L. (la Sociedad Absorbente) con la entera transmisión en bloque del patrimonio social de la sociedad absorbida, que se extinguirá, mediante la disolución sin liquidación, y consiguiente sucesión universal de sus derechos y obligaciones por la sociedad absorbente, todo ello en los términos del proyecto común de fusión impropia suscrito el día 31 de diciembre de 2024 por los órganos de administración de las sociedades participantes en la fusión, que fue aprobado por los socios de la sociedad absorbente.

La fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 53 RDL 5/2023 al tratarse de una fusión por absorción en la que la Sociedad Absorbente es titular de forma directa de todas las participaciones sociales en que se divide el capital de la Sociedad Absorbida, considerándose como un supuesto de fusión por absorción de sociedades íntegramente participadas, pudiendo acogerse, por tanto, al procedimiento simplificado de las fusiones especiales y de acuerdo con la LME, no procede establecer tipo de canje de las participaciones, ni ampliar el capital de la sociedad absorbente.

De conformidad con lo previsto en el artículo 9 del RDL 5/2023, no ha sido necesaria la publicación y depósito previo de los documentos exigidos por la ley. Se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de las sociedades a solicitar y obtener gratuitamente el texto íntegro del acuerdo de fusión y balance de fusión en los términos del artículo 10 del RDL 5/2023, documentos que están a disposición de los interesados en el domicilio social de la sociedad, donde podrán consultarlos o solicitar su entrega o envío gratuitos.

Lo aquí expuesto se pone de igual modo en conocimiento de los trabajadores y sus representantes, conforme a lo dispuesto en el RDL 5/2023, para el ejercicio de los derechos que legalmente les corresponden. Se hace constar el derecho de protección a los socios y de oposición que asiste a los acreedores de las sociedades, durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de la publicación del último anuncio de fusión, en los términos previstos en los artículos 13 y 14 del RDL 5/2023.

Bilbao, 1 de enero de 2025.- Administrador Unico de MRL Rojas Seguros e Inversiones, S.L. y Andres Rojas, S.L. Agencia de Seguros, D. Christian Borrallo.

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