De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio (en adelante "LME"), se hace público que en la Junta General Universal de socios de la sociedad Connecting Again, S.L., de fecha 28 de marzo de 2025 se ha acordado unánimemente la fusión por absorción de Debatum Comercial 21, S.L.U. y South East Region Investments, S.L.U. por parte de Connecting Again, S.L., con las consiguientes extinciones de las sociedades absorbidas y transmisión a la sociedad absorbente, por sucesión universal, de los derechos y obligaciones de aquellas.
El acuerdo relativo a la fusión fue adoptado en los términos que resultan del proyecto de fusión formulado, redactado y suscrito por los órganos de administración de las Sociedades Participantes con fecha 28 de marzo de 2025. En aplicación de lo previsto en el artículo 53 de la LME, el acuerdo de fusión ha sido aprobado por la Junta General Universal de la Sociedad absorbente. A tal efecto, se hace constar que, dado que las sociedades se encuentran, directa y/o indirectamente, íntegramente participadas por la Sociedad Absorbente es de aplicación el régimen simplificado previsto en dicho artículo 53, no habiendo resultado necesario (i) incluir en el Proyecto de Fusión las menciones 3ª, 5ª, 7ª y 8ª del artículo 40 de la LME, (ii) los informes de administradores y expertos sobre el Proyecto de Fusión (iii) el aumento de capital de la Sociedad absorbente (iv), ni la aprobación de la fusión por parte de las Juntas Generales de Socios de las Sociedades absorbidas
Asimismo, conforme el artículo 9 de la LME, al haberse adoptado Acuerdo de Fusión en Junta Universal y por unanimidad de la Sociedad absorbente, no ha sido preciso (i) publicar o depositar el Proyecto de Fusión ni los restantes documentos exigidos por la LME con carácter previo a la aprobación de la Fusión, (ii) anuncio sobre la posibilidad de formular observaciones, así como tampoco (iii) preparar el informe de los administradores sobre el Proyecto de Fusión.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 10 de la LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y a todos los acreedores de cualquiera de las Sociedades Participantes a obtener gratuitamente el texto íntegro de los acuerdos de Fusión adoptados y del Balances de Fusión presentado.
Asimismo, se hace constar expresamente, conforme lo dispuesto en el artículo 13 de la LME, el derecho que corresponde a los acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión de ejercer los derechos previstos en el citado artículo.
Igualada, 28 de marzo de 2025.- 8F Apolline, S.L.U., Representada por Fernando Fontanellas Odón, como Administradora Única de la Sociedad de Connecting Again, S.L.
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