De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, se hace público que por acuerdo del socio único de Berri Motor, S.L.U., con CIF B20915153 (sociedad absorbida) y por acuerdo del socio único de Carza Gipuzkoa Motor, S.L.U., con CIF B20089298 (sociedad absorbente), ambos de fecha 5 de abril de 2025, se aprobó la fusión por absorción entre dichas sociedades en virtud de la cual Carza Gipuzkoa Motor, S.L.U., absorbe la sociedad Berri Motor, S.L.U., con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su patrimonio a la sociedad absorbente, todo ello en los términos y condiciones del correspondiente proyecto de fusión.
La fusión se aprueba de acuerdo con (i) las menciones recogidas en el proyecto de fusión, redactado y suscrito por los órganos de administración de las sociedades participantes con fecha 4 de abril de 2025, y (ii), los balances de fusión de dichas sociedades cerrados el 31 de diciembre de 2024, debidamente aprobados.
Asimismo, al haber sido aprobada la fusión por el socio único de la sociedad absorbente y por el socio único de la sociedad absorbida, (i) resulta de aplicación lo dispuesto en el artículo 53 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio y (ii) de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 9 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, no es necesario publicar, ni depositar previamente los documentos exigidos por la ley.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances presentados. Se hace constar que la anterior información está, asimismo, a disposición de los socios, obligacionistas y titulares de derechos especiales, pudiendo examinarla en el domicilio social de dichas sociedades o, si así lo solicitan, mediante la entrega o envío gratuito de dicha información. Asimismo, se hace constar el derecho de protección a los socios y de oposición que asiste a los acreedores de ésta, durante el plazo legalmente establecido, a contar desde la fecha de la publicación del último anuncio de fusión, en los términos de los artículos 12 y 13 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio.
Oiartzun, 7 de abril de 2025.- El Administrador único de la Sociedad Absorbida Tecnoebro XXI, S.L., y Administrador único de la Sociedad Absorbente Tecnoebro XXI, S.L., representadas por Javier Iribarren Aguerri.
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