De conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/ 2023, de 28 de junio, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, "LME"), se hace público que la Junta General Extraordinaria de carácter universal de socios de Proyectos Docentes y Management, S.L. (Sociedad Parcialmente Escindida), celebrada el 1 de abril de 2025, ha acordado por unanimidad, la escisión parcial sin extinción de Proyectos Docentes y Management, S.L., mediante la transmisión en bloque de una parte de su patrimonio, que forma una unidad económica, a la sociedad beneficiaria de nueva creación Gasma Project, S.L., la cual se constituirá simultáneamente, todo ello en los términos y condiciones que se indican en el Proyecto de Escisión parcial redactado y suscrito por el órgano de administración de Proyectos Docentes y Management, S.L., formalizado el 1 de abril de 2025.
En virtud del artículo 9 del RDL 5/2023, al haberse adoptado el acuerdo de escisión parcial en junta universal y por unanimidad de todos los socios de la sociedad escindida y por el procedimiento simplificado previsto en el artículo 71 de la misma norma, no es necesario publicar o depositar previamente el proyecto de escisión, ni es necesario el informe de los administradores sobre el mismo.
Asimismo, en aplicación del citado régimen simplificado que se recoge en el artículo 71 del RDL 5/2023, al atribuirse a los socios de la sociedad escindida las participaciones sociales de la sociedad beneficiaria de nueva creación proporcionalmente a los derechos que tenían en el capital de aquella, no es necesario el informe de los administradores sobre el proyecto de escisión, ni el informe de expertos independientes, así como tampoco el balance de escisión.
No obstante, se hace constar que el acuerdo de escisión parcial contiene el detalle de los elementos de activo y pasivo que componen el patrimonio escindido transmitido a la sociedad beneficiaria de nueva creación simultánea, Gasma Project, S.L
Asimismo, de conformidad con lo establecido en el RDL 5/2023, se hace público el derecho de los socios, acreedores y representantes de los trabajadores de la sociedad escindida parcialmente, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados. Se informa igualmente a los acreedores de su derecho de oponerse a la escisión parcial en el plazo y los términos previstos en el RDL 5/2023 de 28 de junio.
Castellón, 4 de abril de 2025.- El Consejero Delegado, Enrico Canella.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid