De conformidad con lo establecido en el artículo 10.1 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (en adelante, "RDLME"), se hace público que con fecha 11 de abril de 2025 por decisión de Socio Único con valor de Junta General de Socios con carácter universal de la sociedad "Kuups Design International, S.L.U." (la "Sociedad"), ha adoptado por unanimidad, el acuerdo de escisión parcial de la Sociedad, a favor de una sociedad de nueva creación "Nuditrans, 2025 S.L.U", a "Sociedad Beneficiaria de Nueva Creación").
La escisión parcial se ha acordado conforme al procedimiento unánime regulado en el art. 9 RDLME conforme al proyecto de escisión de 10 de abril de 2025 formulado por el administrador único de la Sociedad sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos para la convocatoria y al ser proporcional de acuerdo con el régimen simplificado del art. 71.1 RDLME sin informe de los administradores, ni informe de experto independiente, ni balance de escisión.
Queda a salvo el informe destinado a los trabajadores y la puesta en disposición de los acreedores de los documentos de la escisión.
La escisión implica el traspaso en bloque por sucesión universal de la parte del patrimonio de la Sociedad consistente en la unidad económica formada por la rama de actividad de explotación de supermercados a favor de la Sociedad Beneficiaria de Nueva Creación y la atribución al único socio de la Sociedad de las nuevas participaciones sociales de forma proporcional a su participación.
Como consecuencia de la escisión también se procede a la reducción del capital social mediante la amortización de 740.000 participaciones de 1 € de valor nominal cada una de ellas, reduciéndose el capital social en 740.000,00 €, y quedando fijado el capital social de la Sociedad en (60.000,00 €) dividido en 60.000 mil participaciones sociales de 1 € de valor nominal cada una de ellas.
Se hace constar que la Sociedad mantendrá sus Estatutos Sociales con la redacción vigente, si bien recogiendo la reducción de capital.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la Escisión Parcial de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados en el domicilio social de las mismas, así como el derecho de protección de los acreedores, durante el plazo de un mes contado a partir de la publicación del último anuncio de acuerdos de Escisión Parcial, todo ello según lo previsto en los artículos 10 y 13 del RDLME.
Onteniente, 11 de abril de 2025.- El administrador único de Kuups Design International, S.L.U, D. Miguel Ángel Alcaraz Francés.
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