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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto Ley 5/2023, de 28 de junio, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (RDL 5/2023), se hace público que la Junta General Extraordinaria de socios de Mareva Arrendamientos SL (la "Sociedad Absorbente") y la Junta General Extraordinaria de socios de Golf Residencial Sant Feliu SL (la "Sociedad Absorbida"), celebradas ambas con el carácter de juntas universales con fecha 1 de noviembre de 2023, han aprobado por unanimidad, en calidad de Sociedad Absorbente y Sociedad Absorbida (las Sociedades a Fusionar), respectivamente, la fusión por absorción de la segunda por parte de la primera.
La fusión se realiza conforme al procedimiento unánime regulado en el artículo 9 del RDL 5/2023 que ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión formulado por los órganos de administración de las Sociedades a Fusionar con fecha 1 de noviembre de 2023. De conformidad con lo establecido en el artículo 9 del RDL 5/2023 el acuerdo podrá adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley y sin informe de los administradores sobre el proyecto de fusión, salvo por lo referido al informe destinado a los trabajadores.
La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente, la atribución de participaciones de la Sociedad Absorbente a los socios de la Sociedad Absorbida y la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, circunstancia que conllevará la extinción de la misma.
De conformidad con lo establecido en el artículo 10 del RDL 5/2023, se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de cada una de las Sociedades a Fusionar de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como los respectivos balances de fusión.
Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de las Sociedades a Fusionar a ejercitar las acciones previstas en el artículo 13.1, apartados 1º, 2º y 3º del RDL 5/2023 en el plazo de un mes a contar a partir de la publicación del último anuncio de fusión.
Así mismo, se pone en conocimiento de los trabajadores y sus representantes, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 del RDL 5/2023, para el ejercicio de los derechos que legalmente les corresponden.
Barcelona, 10 de abril de 2025.- Apoderada, M Carmen Campos Caballero.
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