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Documento BORME-C-2025-142

ENERGY MOVEMENT CONSTRUCTION SOLUTION S.L.U.

Publicado en:
«BORME» núm. 12, páginas 185 a 185 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
TRANSFORMACIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2025-142

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023 de 28 de junio, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles ("RDLME"), se hace público que, el día 16 de enero de 2025, el socio único de ENERGY MOVEMENT CONSTRUCTION SOLUTION S.L.U. (la "Sociedad"), ha adoptado la decisión de ejecutar la transformación transfronteriza de la sociedad mediante su traslado de domicilio a la República de Italia, con domicilio social en Castiglione D’Adda (alla data odierna in Via Dante Alighieri n. 17) de manera que, una vez devenga eficaz, la Sociedad, sin ser disuelta ni liquidada y conservando su personalidad jurídica, adoptará la forma jurídica de una sociedad de responsabilidad limitada italiana, pasando a ser su denominación social EMC SOLUTION SRL.

Respecto de las medidas tomadas para el ejercicio de los derechos de los acreedores, trabajadores y socios, se ha depositado en el Registro Mercantil tanto el proyecto de transformación transfronteriza como los anuncios mencionados en los artículos 7 y 89 RDLME advirtiendo de los derechos correspondientes. Se hace constar que la transformación transfronteriza no requiere de informe de un experto independiente de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 RDLME. Asimismo, debido a que ENERGY MOVEMENT CONSTRUCTION SOLUTION S.L.U. no cuenta con trabajadores, los miembros del órgano de administración no han emitido un informe destinado a los mismos.

De acuerdo con los Arts. 10.1 RDLME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de la sociedad a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de transformación.

Se informa igualmente a los acreedores de la Sociedad que podrán ejercer sus derechos en el plazo de tres meses a contar desde la publicación del anuncio del acuerdo de Transformación Transfronteriza, de conformidad con el artículo 13.1 de la LME

Tres Cantos, 16 de enero de 2025.- Administrador único, Matteo Dragoni.

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