Está Vd. en

Documento BORME-C-2025-1460

HOTEL ESTIVAL ISLANTILLA S.L. UNIPERSONAL

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

GISTRAT ITG, S.L.

(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 77, páginas 1928 a 1928 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2025-1460

TEXTO

De conformidad con el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante "LME"), se hace público que, en fecha 21 de abril de 2025, la Junta General extraordinaria y universal de socios de la mercantil "GISTRAT ITG S.L." y el socio único de la mercantil "HOTEL ESTIVAL ISLANTILLA S.L.UNIPERSONAL" acordaron por unanimidad la fusión de ambas sociedades, mediante la absorción de la sociedad "GISTRAT ITG S.L." por la mercantil "HOTEL ESTIVAL ISLANTILLA S.L.U.", con disolución y sin liquidación de la sociedad absorbida, transmitiendo en bloque, a título de sucesión universal, la totalidad del patrimonio a la sociedad absorbente, de acuerdo, con el proyecto común de fusión formulado por los órganos de administración de las sociedades participantes en la fusión de fecha 21 de abril de 2025,y subrogándose en todos los derechos y obligaciones de la absorbida.

La fusión tiene carácter de inversa por cuanto la sociedad absorbente está íntegramente participada por la sociedad absorbida y, de conformidad con el artículo 49.1 de la mencionada Ley, no procede ampliar el capital social de la sociedad absorbente.

Tampoco procede elaborar los informes de los administradores y expertos independientes sobre el proyecto común de fusión inversa por absorción.

Se aprobaron los respectivos balances de fusión, cerrados a 31 de diciembre de 2024, y las operaciones de la sociedad absorbida se entenderán realizadas, a efectos contables, por cuenta de la sociedad absorbente, a partir del 1 de enero de 2025.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y los acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y de los Balances de fusión en el domicilio social de las mismas.

Así mismo, se hace constar que los acreedores de las sociedades que se fusionan podrán ejercitar los derechos de protección que les concede el Real Decreto Ley 5/2023 de 28 de junio que regula las modificaciones estructurales especialmente lo previsto en los artículos 12 y 13.

Huelva, 22 de abril de 2025.- El Administrador único de la sociedad Hotel Estival Islantilla S.L. Unipersonal y el Administrador único de la sociedad Gistrat ITG S.L, Carlos Ferrer Rovira.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid