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Documento BORME-C-2025-162

VIVIENDAS ACOGIDAS, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 13, páginas 210 a 210 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REACTIVACIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2025-162

TEXTO

Conforme con el Artículo 370 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, (en adelante LSC), se hace constar que en la Junta General Extraordinaria y Universal de accionistas de VIVIENDAS ACOGIDAS, S.A., celebrada el 10 de diciembre de 2024 acordó por mayoría de sus accionistas la reactivación de la sociedad, poniendo fin a su estado de liquidación.

Se hace constar que se han cumplido las condiciones necesarias para reactivar la sociedad, esto es, ha desaparecido la causa de disolución, el patrimonio contable es superior al capital social y no se ha comenzado con el pago de la cuota de liquidación a ninguno de los accionistas de la sociedad.

Igualmente, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de la sociedad, cuyos créditos hayan nacido antes de la fecha del último anuncio del acuerdo de reactivación de la sociedad y no hayan vencido en ese momento, para oponerse al acuerdo de reactivación y que podrán ejercer en el plazo de un mes, a contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo de reactivación, en los términos establecidos en la LSC.

Madrid, 14 de enero de 2025.- El Administrador Único de la Sociedad, Don Rubén Rodríguez Cabaleiro.

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