Contido non dispoñible en galego

Está Vd. en

Documento BORME-C-2025-48

VANADI COFFEE S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 6, páginas 64 a 67 (4 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2025-48

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Sociedades de Capital y el Reglamento del Registro Mercantil, se hacen públicos los acuerdos adoptados por la Junta General de accionistas de Vanadi Coffee, S.A. (en adelante, la "Sociedad") en fecha 30 de diciembre de 2024, de:

1) Agrupación de acciones (contrasplit) como consecuencia del aumento del valor nominal por acción y simultánea reducción del número de acciones emitidas por la Sociedad. Autorización al Consejo de Administración para la adquisición derivativa de acciones propias por parte de la Sociedad y reducción de capital social por amortización de acciones, todo ello con el propósito de atender a la ecuación de canje en la agrupación de acciones.

Agrupación y fecha de efectos: Los accionistas de la Sociedad han acordado agrupar y cancelar todas las acciones en que se divida el capital social de la Sociedad al tiempo de su ejecución para su canje por acciones de nueva emisión en la proporción de 1 acción nueva por cada 10 acciones antiguas, con elevación del valor nominal unitario de las acciones de 0,05 € a 0,50 €, sin alteración de la cifra de capital social de la Sociedad.

Las nuevas acciones emitidas y puestas en circulación son acciones ordinarias, representadas mediante anotaciones en cuenta, cuyo registro contable estará atribuido a la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A.U. ("Iberclear") y a sus entidades participantes. Las nuevas acciones son de la misma serie y clase y tendrán los mismos derechos económicos y políticos que las acciones actuales, en proporción a su valor nominal.

Reducción de capital social previa: Con carácter previo a, pero en unidad de acto con, la ejecución de la agrupación de acciones referida en el punto anterior, los accionistas han acordado reducir el capital social de la Sociedad en la cuantía de 0,10 € mediante la amortización de 2 acciones de 0,05 € de valor nominal cada una de ellas, que la Sociedad tiene en autocartera, con la finalidad de permitir el cuadre del número de acciones para poder llevar a cabo la agrupación de acciones, de forma que el número total de acciones preexistentes a agrupar sea múltiplo del establecido en el canje, esto es, 10.

A fecha de hoy, la Sociedad tiene 37.315.702 acciones en circulación, de forma que se propone una amortización de 2 acciones de autocartera de la Sociedad a fin de que el número de acciones existentes previo a la operación de agrupación sea de 37.315.700, cifra que permite aplicar la relación de canje de 1 acción nueva por cada 10 acciones antiguas.

La reducción de capital se realiza con cargo a reservas libres, mediante la dotación de una reserva por capital amortizado por un importe igual al valor nominal de las acciones amortizadas, de la que solo será posible disponer con los mismos requisitos que los exigidos para la reducción del capital social, en aplicación de lo previsto en el artículo 335.c) de la Ley de Sociedades de Capital. En consecuencia, conforme a lo señalado en dicho precepto, los acreedores de la Sociedad no tendrán el derecho de oposición al que se refiere el artículo 334 de la Ley de Sociedades de Capital en relación con la reducción de capital.

En consecuencia, tras esta reducción de capital por amortización de acciones, el capital social a efectos de la agrupación de acciones parte de un importe de 1.865.785,00 €, dividido en 37.315.700 acciones ordinarias de 0,05 € de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente de la 1 a la 37.315.700, ambas incluidas. Efectuada la agrupación, el capital social mantendrá el importe de 1.865.785,00 €, pero estará dividido en 3.731.570 acciones ordinarias de 0,50 € de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente de la 1 a la 3.731.570, ambas incluidas.

Fecha de efectos y procedimiento de canje: La ejecución del acuerdo de agrupación (contrasplit) y la consiguiente modificación estatutaria se hará pública mediante anuncios en el Boletín Oficial del Registro Mercantil, en la página web de la Sociedad y, en caso de resultar preceptivo, en un diario de difusión nacional y en los Boletines de cotización de las Bolsas españolas.

El canje de las acciones surtirá efectos en el siguiente día bursátil que técnicamente sea posible desde que el acuerdo de agrupación y la consiguiente modificación estatutaria hayan quedado inscritos en la hoja de la Sociedad en el Registro Mercantil, siempre que ello sea técnicamente viable. La fecha de efectos se hará pública a través de la publicación de la correspondiente comunicación de información privilegiada u otra información relevante.

Así, tendrán derecho a recibir 1 acción nueva por cada 10 antiguas los accionistas que figuren legitimados como tales al cierre de los mercados el día bursátil siguiente a la fecha de efectos conforme a los registros contables de Iberclear y de sus entidades participantes, practicándose dicho canje de forma automática (siempre que ello sea técnicamente viable).

El canje de acciones se efectuará con arreglo a los procedimientos establecidos para los valores representados por medio de anotaciones en cuenta, a través de las correspondientes entidades participantes, conforme a las instrucciones emitidas al efecto por Iberclear y, en caso de designarse, por la entidad agente.

Fracciones de acciones: Adicionalmente a la amortización de las acciones en autocartera necesarias para el ajuste del capital social, aquellos accionistas que, tras aplicar la relación de canje resultado de la agrupación sean titulares de un número de acciones que no sea múltiplo de 10 podrán adquirir o transmitir las acciones necesarias para completar un número de acciones que sea múltiplo del establecido en la relación de canje hasta la Fecha de Efectos.

Para el caso de que, llegada la Fecha de Efectos, algún accionista fuese todavía titular de un número de acciones que no sea múltiplo de 10, se acuerda que las correspondientes acciones sean adquiridas por la Sociedad (tanto el exceso como el defecto de acciones que no puedan ser agrupadas). A tal efecto, se acuerda expresamente delegar en el Consejo de Administración la facultad de adquirir acciones y atender la compra de las fracciones de acciones resultantes de la ecuación de canje anterior.

Solicitud de admisión a negociación oficial: la Junta General acuerda que, una vez inscrita en el Registro Mercantil la escritura pública por la que se formalice la agrupación de las acciones actualmente en circulación y canje por las de nueva emisión con modificación del valor nominal de las acciones, sean simultáneamente excluidas de cotización las antiguas acciones, y admitidas a negociación las nuevas acciones en BME Growth, a través de la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A.U. (Iberclear), así como realizar los trámites y actuaciones que sean necesarios y presentar los documentos que sean precisos ante los organismos competentes para la admisión a negociación de las acciones nuevas emitidas como consecuencia del acuerdo adoptado.

Capital social resultante: En consecuencia, el capital social de la Sociedad tras la ejecución del acuerdo de contrasplit se cifra en 1.865.785,00 €, dividido en 3.731.570 acciones, todas ellas de la misma clase y serie y con los mismos derechos y obligaciones que las ya existentes, con un valor nominal de 0,5 € cada una de ellas.

2) Compensación de pérdidas sociales con cargo a reservas disponibles (prima de emisión) por importe de 4.734.833 €, y reducción de capital social mediante la reducción del valor nominal de las acciones hasta la cifra de 0,02 € por acción con la finalidad de (i) restablecer el equilibrio entre el capital y el patrimonio neto de la Sociedad disminuido por consecuencia de pérdidas; y (ii) dotar reservas voluntarias.

Compensación pérdidas sociales con cargo a las reservas disponibles (prima de emisión) por importe de 4.734.833 €: Los accionistas de la Sociedad han acordado compensar parcialmente las pérdidas sociales registradas en el balance individual de la Sociedad de fecha 30 de junio de 2024 y verificado por el auditor de cuentas de la Sociedad (que ascienden a 6.045.784,62 €), con cargo a la totalidad de prima de emisión por importe de 14.734.833 €. Una vez aplicadas la totalidad de dicha prima de emisión a compensar las pérdidas sociales, el saldo de las pérdidas sociales asciende a (1.310.951,62 €).

Se hace constar, a efectos de lo previsto en el artículo 322.2 de la Ley de Sociedades de Capital, que, tras esta compensación, la Sociedad no cuenta con ninguna reserva voluntaria ni prima de emisión.

Reducción de capital social por reducción del valor nominal de las acciones hasta 0,02 € por acción con la finalidad de compensar las pérdidas sociales de la Sociedad y dotar reservas voluntarias: A los efectos de a) compensar las pérdidas sociales de la Sociedad remanentes tras la aplicación de la prima de emisión de la Sociedad a dicho propósito y (b) dotar reservas voluntarias, y con base en el balance auditado antes referido, la Junta General ha acordado reducir el capital social en la cifra de 1.791.153,60 € (teniendo en cuenta el resultado de la cifra de capital social y número de acciones tras la agrupación acordada anteriormente), mediante la disminución en 0,48 € (de 0,50 € a 0,02 €) del valor nominal de todas y cada una de las acciones de la Sociedad, de conformidad con lo previsto en el artículo 320 de la Ley de Sociedades de Capital. De dicho importe, (i) 1.310.951,62 € se aplicará a compensar totalmente las pérdidas sociales registradas en el Balance, una vez efectuada la compensación propuesta anteriormente; y (ii) el restante, esto es 480.201,98 €, se destinará a constituir una cuenta de reservas voluntarias.

Tras la reducción de capital social por reducción del valor nominal de las acciones, las pérdidas se reducen totalmente.

En consecuencia, el capital social de la Sociedad se cifra en de 74.631,40 €, dividido en 3.731.570 acciones, con un valor nominal cada una de ellas de 0,02 €, todas ellas de la misma clase y serie y con los mismos derechos y obligaciones que las ya existentes.

Conforme a los artículos 334 y 336 de la Ley de Sociedades de Capital, los acreedores podrán ejercitar el derecho de oposición en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo.

La presente comunicación se realiza de conformidad con el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital, que obliga a la publicación de los precedentes acuerdos.

Alicante, 7 de enero de 2025.- Presidente del Consejo de Administración, Salvador Martí Varó.

subir

Axencia Estatal Boletín Oficial do Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid