De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10 del "Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de Junio", por remisión del artículo 63 del mismo Real Decreto-Ley, se hace público que con fecha 5 de Enero de 2025, la Junta General Universal de la sociedad "Alonsotegui Desarrollo Inmobiliario, S.L." (Sociedad Escindida) aprobó por unanimidad la escisión total de "Alonsotegui Desarrollo Inmobiliario, S.L." (Sociedad escindida) y su traspaso a las sociedades beneficiarias de nueva creación "Sentaje, S.L." (Sociedad beneficiaria de nueva creación) y "Ulieda, S.L." (Sociedad beneficiaria de nueva creación) quienes adquirirán por sucesión a título universal la totalidad de los derechos y obligaciones que componen el patrimonio escindido atribuido, que forma una unidad económica autónoma cada uno, todo ello de conformidad con el proyecto de escisión total suscrito por los órganos de administración en fecha 2 de Enero de 2025.
Al haberse adoptado el acuerdo de escisión total en Junta Universal y por unanimidad de todos los socios y ser sociedades de responsabilidad limitada todas las sociedades intervinientes, no ha sido necesario publicar o depositar previamente los documentos exigidos por Ley, ni el anuncio sobre la posibilidad de formular observaciones ni informe de los administradores sobre el Proyecto de modificación estructural, ni los informes de expertos independientes.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios, trabajadores y acreedores de las sociedades participantes en la escisión total de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de la escisión y cualquier otra documentación relacionada con la operación de escisión total.
Sodupe (Bizkaia), 5 de enero de 2025.- Administrador único de "Alonsotegui Desarrollo Inmobiliario, S.L.", Don Valentín Ulibarri Garrastachu.
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