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Documento BORME-C-2025-650

LEX JURIS CONSULTORES, S.L.

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

BUFETE RICH & ASOCIADOS, S.L.

RICH & ASOCIADOS FORMACIÓN, S.L.

ZKCOACHING, S.L.

(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 43, páginas 857 a 857 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2025-650

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles ("RDL 5/2023"), se hace público que, con fecha 6 de febrero de 2025, las sociedades "Lex Juris Consultores, S.L." (sociedad absorbente), y "Bufete Rich & Asociados, S.L.", "Rich & Asociados Formación, S.L." y "Zkcoaching, S.L." (sociedades absorbidas), en sus respectivas Juntas Generales Extraordinarias y Universales de socios, aprobaron por unanimidad la fusión por absorción de "Bufete Rich & Asociados, S.L.", "Rich & Asociados Formación, S.L." y "Zkcoaching, S.L." (sociedades absorbidas) por parte de "Lex Juris Consultores, S.L." (sociedad absorbente), con disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas, y adquisición por sucesión universal de sus patrimonios, activos y pasivos por parte de la sociedad absorbente.

La fusión se realiza de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 53 del Real Decreto-ley 5/2023, al tratarse de una fusión por absorción de sociedades íntegramente participadas y pudiendo acogerse, por tanto, al procedimiento simplificado de las fusiones especiales. La fusión se realiza conforme al procedimiento de acuerdo unánime de fusión regulado en los artículos 8 y 9 RDL 5/2023, el cual ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión redactado por los órganos de administración de todas las sociedades con fecha 5 de febrero de 2025. De conformidad con el artículo 9 RDL 5/2023 el acuerdo podrá adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley y sin informe de los administradores sobre el proyecto de fusión.

De conformidad con lo establecido en el artículo 10 RDL 5/2023, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión. Los acreedores de cada una de las sociedades podrán ejercer sus derechos en el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión de acuerdo con el artículo 13 RDL 5/2023.

Córdoba, 6 de febrero de 2025.- Los Administradores de sociedad absorbente y de las sociedades absorbidas, José-Rafael Rich Ruiz, María-Paz Aguilera Otero y David-Jesús Pardo Arquero.

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