Contido non dispoñible en galego
Conforme a lo previsto en el artículo 370 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital (en adelante "LSC"), se hace constar que la Junta General Universal y Extraordinaria de Accionistas de la sociedad "Indumobi, sociedad anónima", celebrada el día 6 de marzo de 2025, acordó por unanimidad de todos sus accionistas la reactivación de la sociedad, reanudando su normal actividad social y retornando a la vida activa.
Se hace constar que se han cumplido las condiciones necesarias para reactivar la sociedad, esto es, ha desaparecido la causa de disolución, el patrimonio contable es superior al capital social y no se ha comenzado con el pago de la cuota de liquidación a ninguno de los accionistas de la sociedad.
Igualmente, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de la sociedad, cuyos créditos hayan nacido antes de la fecha del último anuncio del acuerdo de reactivación de la sociedad y no hayan vencido en ese momento, para oponerse al acuerdo de reactivación en los términos establecidos en la LSC, y que podrán ejercitar en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de reactivación.
Manresa, 6 de marzo de 2025.- Administrador solidario, Jordi Ratera Corominas.
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