Contido non dispoñible en galego
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, (en adelante, "RDLME"), se hace público que, con fecha 3 de marzo de 2025, la Junta General Extraordinaria de Socios de la entidad "MYABLOCK CARPINTERIA IBARRA, S.L." (En adelante, "Sociedad Absorbente") ha acordado por unanimidad la fusión por absorción de la Sociedad Absorbida "CARPINTERIA HERMANOS IBARRA, S.L." (En adelante, "Sociedad Absorbida") mediante disolución sin liquidación de la Absorbida y transmisión en bloque, a título universal, de todo su patrimonio a la Absorbente, que adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida. El acuerdo de fusión se aprobó en los términos previstos en el proyecto común de fusión de 20 de febrero de 2025 formulado y aprobado por el órgano de administración de las Sociedades intervinientes.
Las sociedades participantes de la fusión están participadas de forma idéntica por los mismos socios por lo que se trata de un supuesto de sociedades gemelas y, en consecuencia, por remisión del artículo 56 RDLME, tiene el mismo carácter de especial previsto en el artículo 53 RDLME para la fusión por absorción de entidad íntegramente participada.
De acuerdo con lo preceptuado en el artículo 9 del RDLME, los acuerdos de fusión se adoptaron sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley.
Por último, a los efectos de lo establecido en el artículo 10 del RDLME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de la sociedad de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y el balance de fusión, así́ como los derechos reconocidos a los acreedores de la sociedad en el artículo 13 y 14 del RDLME.
Almería, 10 de marzo de 2025.- Administradores mancomunados, Miguel Ibarra Marín y Angeles Ibarra López.
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