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Que en los anuncios publicados en el BORME en fecha 21 de novIembre de 2024 y DIARI ARA el 23 de novIembre de 2024, en los que se publicaron los acuerdos adoptados por las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de Socios de las compañías ORDITS RIFA, S.L., y TEXTILCARIA 2000, S.L. (Sociedades Escindidas), celebradas en fecha 8 de noviembre de 2024, de aprobación unánime de escisión total mediante la división de su patrimonio en partes, y su traspaso en bloque, a favor de las sociedades preexistentes, DUOFIL COMERCIAL DE HILADOS, S.L. (Sociedad beneficiaria), PSG IMMOBLES, S.L. (sociedad beneficiaria) y HABITAT PUNT VERD, S.L. (Sociedad beneficiaria), que adquirirán por sucesión universal todos los derechos y obligaciones correspondientes a sus respectivos bloques patrimoniales de las sociedades escindidas con disolución sin liquidación, todo ello conforme al Proyecto de Escisión formulado por el órgano de administración de las Sociedades intervinientes, se hizo constar expresamente el derecho que asiste a los socios, acreedores y trabajadores de las Sociedades Escindidas a solicitar y obtener de forma gratuita el texto íntegro de los acuerdos adoptados, y se omitió, por error, el derecho a obtener el Balance de Escisión de las Sociedades Intervinientes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, lo que se hace público a los efectos oportunos.
Sant Llorenç Savall, 3 de marzo de 2025.- El Administrador único, Óscar Badia García.
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