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De conformidad con lo establecido en el artículo 10 del RD Ley 5/2023, se hace público que los socios de la Entidad Mercantil Manuel Prados e Hijos S.L. acordaron por unanimidad en Junta General Extraordinaria y Universal de fecha 3 de marzo de 2025, aprobar la escisión total de la misma mediante la división de su patrimonio en cinco partes, para el traspaso en bloque de cada una de ellas a favor, respectivamente, de cinco sociedades de nueva creación, Agrícola Torre Chica S.L., Cítricos Entrenaranjos S.L., Huerta Canta María S.L., Cítricos el Fresno S.L. y Agrícola Cantarrana S.L. Dichas sociedades beneficiarias se constituirán simultáneamente y como consecuencia de la escisión, todo ello previa extinción de la sociedad objeto de escisión total, adquiriendo las sociedades beneficiarias por sucesión universal la totalidad de los derechos y obligaciones integrantes de la parte del patrimonio escindido que respectivamente se les ha atribuido, todo ello de acuerdo con el contenido del Proyecto de Escisión redactado por el Órgano de Administración de la sociedad escindida. Las participaciones sociales de cada una de las sociedades beneficiarias se atribuirán a los socios de la Sociedad Escindida proporcionalmente a los derechos que tenían en el capital social de la misma.
Se advierte el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes a obtener el texto integro de los acuerdos adoptados, así como del balance de escisión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores en el plazo de un mes desde la publicación del último anuncio de escisión total, todo ello conforme al artículo 13 del RD Ley 5/2023.
Sevilla, 10 de marzo de 2025.- La Administradora Única de la Sociedad Escindida, Manuel Prados e Hijos S.L., Doña María Luisa Prados Villanueva.
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