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Documento BORME-C-2025-882

SOCIEDAD MUNICIPAL DE VIVIENDA DE JAÉN, S.A.M.P.

Publicado en:
«BORME» núm. 55, páginas 1148 a 1148 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REACTIVACIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2025-882

TEXTO

De conformidad con el artículo 370 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio (en adelante, LSC), se hace constar que la Junta General de Accionistas de la Sociedad Municipal de Vivienda de Jaén, S.A.M.P., en liquidación, celebrada el 24 de febrero de 2025, acordó por unanimidad el acuerdo de reactivar la sociedad, poniendo fin a su estado de disolución.

Se hace constar que se han cumplido las condiciones necesarias para reactivar la sociedad, esto es, ha desaparecido la causa de disolución, que era el mero acuerdo societario, que el patrimonio contable es superior al capital social, y no se ha comenzado con el pago de la cuota de liquidación a ninguno de los accionistas de la sociedad.

Igualmente, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de la sociedad, cuyos créditos hayan nacido antes de la fecha del último anuncio del acuerdo de reactivación de la sociedad y no hayan vencido en ese momento, para oponerse al acuerdo de reactivación y que podrán ejercitar en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de reactivación, en los términos establecidos en la LSC.

Jaén, 18 de marzo de 2025.- Presidenta del Consejo de Administración de SOMUVISA, Mª de África Colomo Jiménez.

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