De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que entre otros se transpone la Directiva de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (en adelante, la "RDL 5/2023"), se hace público que, el día 18 de marzo de 2025, el Socio Único de la sociedad EVERIS INITIATIVES, S.L.U. (en adelante, la "Sociedad Absorbida"), ha aprobado la fusión por absorción de esta sociedad por parte de su sociedad íntegramente participada EVERIS AEROESPACIAL Y DEFENSA, S.L.U. (en adelante, la "Sociedad Absorbente").
El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al Proyecto Común de Fusión, redactado por los órganos de administración de ambas sociedades intervinientes en la fusión con fecha 3 de febrero de 2025.
La Fusión se realiza de conformidad con lo previsto en los artículos 53.1 y 56 del RDL 5/2023, al tratarse de una fusión por absorción simplificada inversa en que la Sociedad Absorbida es titular de forma directa de todas las participaciones sociales en que se divide el capital de la Sociedad Absorbente. En consecuencia, no resulta necesaria para esta fusión: (i) la inclusión en el Proyecto de fusión de las menciones 2, 3, 5, y 7 del artículo 40 de la Ley; (ii) el informe de experto independiente sobre el Proyecto Común de Fusión; (iii) el informe de administradores, por ser el socio único de la Sociedad Absorbente, la Sociedad Absorbida y por no contar con trabajadores ninguna de las dos sociedades participes en el Proyecto Común de Fusión; (iv) el aumento del capital social de la Sociedad Absorbente; o (iv) la aprobación de la Fusión por el socio único de la Sociedad Absorbente.
Asimismo, se manifiesta de forma expresa que, con anterioridad a la aprobación de la fusión, se ha puesto a disposición de las sociedades intervinientes en la fusión, socios, obligacionistas y demás partes que resulten de adecuación conforme al RDL 5/2023, la información y documentación indicadas en la referida normativa. Sin perjuicio de que el acuerdo de fusión puede adoptarse sin necesidad de publicar o depositar los documentos exigidos por la ley, por estar la Sociedad Absorbente íntegramente participada por la Sociedad Absorbida de acuerdo con el artículo 9.1 del RDL 5/2023, los administradores procedieron a presentar los documentos previstos en el artículo 7.1 del RDL 5/2023 los cuales fueron depositados por el Registro Mercantil en fecha de 18 de febrero de 2025.
Se hace constar expresamente del derecho que corresponde a los socios y a los acreedores de las sociedades participantes en la fusión a examinar en el domicilio social, así como a la entrega o el envío gratuitos del texto íntegro de las decisiones adoptadas, del Proyecto y de los Balances de fusión.
Asimismo, se pone de manifiesto expresamente el derecho de oposición de los acreedores de las sociedades intervinientes, cuyos créditos hayan nacido con anterioridad a la publicación del Proyecto y no hayan vencido en el momento de dicha publicación, que podrán ejercitar dentro del mes siguiente a la referida publicación en los términos descritos en el artículo 13 del RDL 5/2023.
En Madrid, 18 de marzo de 2025.- D. Carlos García Pascual, en calidad de representante persona física de la sociedad NTT Data Spain, S.L., y D. Carlos San Lorenzo Serna, en calidad de representante persona física de la sociedad Everis Initiatives, S.L.U., administradores mancomunados de Everis Aeroespacial y Defensa, S.L.U.- D. Víctor López-Barrantes González, en calidad de representante persona física de la sociedad NTT Data Spain, S.L., y D. Juan Garay Aranburu, en calidad de representante persona física de la sociedad NTT Data Europe & Latam, S.L., administradores mancomunados de Everis Initiatives, S.L.U.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid