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Documento BORME-C-2025-977

ACCENTURE, S.L.U.

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

AXIS MANAGEMENT CONSULTING SP, S.L.U.

(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 60, páginas 1263 a 1263 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2025-977

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (en adelante, "LME"), se hace público que los socios únicos de las sociedades AXIS MANAGEMENT CONSULTING SP, S.L.U y ACCENTURE, S.L.U. acordaron por unanimidad, el 26 de marzo de 2025, aprobar la fusión por absorción de AXIS MANAGEMENT CONSULTING SP, S.L.U., como sociedad absorbida (la "Sociedad Absorbida"), por parte de ACCENTURE, S.L.U., como sociedad absorbente (la "Sociedad Absorbente"), por medio de la transmisión en bloque de todo el patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente, previa disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida y sin ampliación del capital social de la Sociedad Absorbente, al estar la Sociedad Absorbida participada íntegramente por la Sociedad Absorbente.

Todo lo anterior conforme al Proyecto común de Fusión de fecha 20 de febrero de 2025, suscrito por la totalidad de los miembros de los órganos de administración de las sociedades participantes en la operación de fusión, y los balances de fusión de dichas sociedades, cerrados todos ellos a 31 de agosto de 2024 y verificado por el auditor de cuentas de la Sociedad Absorbente y debidamente aprobados por los socios únicos de las respectivas sociedades.

Se hace constar expresamente, a los efectos de lo previsto en el artículo 10 de la LME, el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y de los balances de fusión, todo lo cual se encuentra a su disposición en el domicilio social respectivo de cada una de las sociedades que se fusionan, teniendo los socios y acreedores igualmente el derecho a obtener la entrega o el envío gratuito del texto íntegro de los mismos.

En Madrid, 26 de marzo de 2025.- Doña Mercedes Oblanca Rojo, administradora única de Accenture, S.L.U., y doña Nieves García López, secretaria no consejera de Axis Management Consulting SP, S.L.U.

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