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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Ley 9/1996, de 26 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales en materia de Hacienda Pública, contratación administrativa, patrimonio, función pública y asistencia jurídica a entidades de derecho público.

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 26/12/1996
  • Fecha de publicación: 20/02/1997
  • Fecha de entrada en vigor: 01/01/1997
  • Publicada en el BOJA núm. 151, de 31 de diciembre de 1996.

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA la disposición adicional 1.3 y SE DEROGA la adicional 1.3.2, por Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero (Ref. BOJA-b-2024-90030).
  • SE DEROGA los arts. 1 a 12, por Ley 10/2021, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-2022-758).
  • SE MODIFICA:
    • el art. 6, por Ley 6/2019, de 19 de diciembre (Ref. BOE-A-2020-1068).
    • el art. 5, por Ley 6/2014, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-2015-680).
    • el título de la sección 1 del capítulo I y los arts. 1 y 2, por Ley 11/2010, de 3 de diciembre (Ref. BOE-A-2010-19850).
    • los arts. 1, 2 y la denominación de la sección 1 del capítulo 1, por Decreto-ley 4/2010, de 6 de julio (Ref. BOJA-b-2010-90059).
    • el art 5. a) y b), por Ley 5/2009, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-2010-886).
    • la disposición adicional 2, por Ley 3/2006, de 19 de junio (Ref. BOE-A-2006-14194).
  • SE DEROGA los arts. 22 a 26, se modifica el art. 5.b) y se suprime la tasa indicada, por Ley 3/2004, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-2005-1082).
  • SE MODIFICA:
    • los arts. 8 a 11 y la denominación de la sección II del capítulo I, por Ley 17/1999, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-2000-1973).
    • el art. 34.1, por Ley 11/1998, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-1999-2942).
  • SE DEROGA los arts. 13 a 21, por Ley 8/1997, de 23 de diciembre (Ref. BOE-A-1998-2572).

Referencias anteriores

  • DEROGA:
    • art. 31 y disposición adicional 14 de la Ley 7/1996, de 31 de julio (Ref. BOE-A-1996-20268).
    • num. 3 de la disposición Derogatoria segunda, lo mencionado del Anexo VI y modifica el art. 28 y el Anexo VII de la Ley 4/1988, de 5 de julio (Ref. BOE-A-1988-19516).
    • num. 2 del art. 79 y modifica el art. 84.1 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo (Ref. BOE-A-1986-12725).
  • MODIFICA:
    • art. 3.1 de la Ley 8/1987, de 9 de diciembre (Ref. BOE-A-1988-955).
    • disposición adicional quinta y Suspende la vigencia durante 1997 de los arts. 35 a 37 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre (Ref. BOE-A-1985-26398).
    • el artículo 50 de la Ley 6/1983, de 21 de julio (Ref. BOE-A-1983-23960).
    • los arts. 98, 101.1, 50 bis, 37 y añade el 85 ter a la Ley 5/1983, de 19 de julio (Ref. BOE-A-1983-23849).
  • DE CONFORMIDAD con el Estatuto aprobado por Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-1982-633).
  • CITA:

Materias

  • Andalucía
  • Contratación de las Comunidades Autónomas
  • Empresas públicas
  • Función Pública
  • Gobierno
  • Hacienda Pública
  • Patrimonio de las Comunidades Autónomas
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