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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Real Decreto 2583/1996, de 13 de diciembre, de estructura orgánica y funciones del Instituto Nacional de la Seguridad Social y de modificación parcial de la Tesorería General de la Seguridad Social.

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 13/12/1996
  • Fecha de publicación: 03/01/1997
  • Fecha de entrada en vigor: 04/01/1997

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA DE CONFORMIDAD con el art. 1.1.a), sobre acreditación de vivencia de pensionistas residentes en el extranjero: Resolución de 16 de marzo de 2023 (Ref. BOE-A-2023-7882).
  • SE MODIFICA:
    • los arts. 6 y 15, por Real Decreto 1152/2021, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-2021-21657).
    • los arts. 1.1.b), 5.4.f) y 11, por Real Decreto 496/2020, de 28 de abril (Ref. BOE-A-2020-4762).
  • SE CORRIGEN errores del Real Decreto 1010/2017, de 1 de diciembre, en BOE núm. 40 de 14 de febrero de 2018 (Ref. BOE-A-2018-1971).
  • SE MODIFICA determinados preceptos, por Real Decreto 1010/2017, de 1 de diciembre (Ref. BOE-A-2017-15283).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD con el art. 1.1.a), sobre acreditación de vivencia de pensionistas en el extranjero: Resolución de 4 de marzo de 2014 (Ref. BOE-A-2014-2730).
  • SE MODIFICA:
    • los arts. 1, 5 a 10, 12, se suprime el art. 11 y se RENUMERA el art. 10.bis como 11, por Real Decreto 449/2012, de 5 de marzo (Ref. BOE-A-2012-3158).
    • el art. 15, por Real Decreto 900/2009, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-2009-8962).
    • los arts. 5.4, 6 y 12, por Real Decreto 666/2007, de 25 de mayo (Ref. BOE-A-2007-11209).
    • los arts. 5.4.g), 10 y se añade el 10 bis, por Real Decreto 1600/2004, de 2 de julio de 2004 (Ref. BOE-A-2004-12474).
    • los arts. 5.4, 6 a 12 y 15, por Real Decreto 469/2003, de 25 de abril (Ref. BOE-A-2003-9618).
  • SE DEROGA el art. 7.1, por Real Decreto 947/2001, de 3 de agosto (Ref. BOE-A-2001-17026).
  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 31, de 5 de febrero de 1997 (Ref. BOE-A-1997-2343).

Referencias anteriores

Materias

  • Instituto Nacional de la Seguridad Social
  • Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
  • Organización de la Administración del Estado
  • Secretaría de Estado de la Seguridad Social
  • Seguridad Social
  • Tesorería General de la Seguridad Social

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