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ANÁLISIS

  • Rango: Decreto Legislativo
  • Fecha de disposición: 07/10/1999
  • Fecha de publicación: 08/12/1999
  • Fecha de entrada en vigor: 06/11/1999
  • Publicada en el DOG núm. 214, de 5 de noviembre de 1999.

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA:
    • el art. 97, por Ley 10/2023, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-2024-2777).
    • el art. 69.1, por Ley 6/2023, de 2 de noviembre (Ref. BOE-A-2023-24124).
    • los arts. 64.1.e), 79.3 y 80.2, por Ley 7/2022, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-2023-6382).
    • el art. 79, por Ley 18/2021, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-2022-3415).
    • los arts. 118, 119 y 120, por Ley 7/2019, de 23 de diciembre (Ref. BOE-A-2020-1849).
    • los arts. 61, 73, 78, 79 y 85 y SE AÑADE el art. 50 bis, por Ley 3/2018, de 26 de diciembre (Ref. BOE-A-2019-3997).
  • SE AÑADE el art. 53 bis, por Ley 9/2017, de 26 de diciembre (Ref. BOE-A-2018-1753).
  • SE MODIFICA los arts. 87 a 92 y SE AÑADE el art. 91 bis, por Ley 2/2017, de 8 de febrero (Ref. BOE-A-2017-3823).
  • SE AÑADE los arts. 46 bis, ter, quater y quinquies, por Ley 13/2015, de 24 de diciembre (Ref. BOE-A-2016-2017).
  • SE MODIFICA:
    • el art. 121.1, por Ley 8/2015, de 7 de agosto (Ref. BOE-A-2015-10234).
    • el art. 90.4, por Ley 14/2013, de 26 de diciembre (Ref. BOE-A-2014-1586).
    • el art. 46.4 y SE AÑADE el art. 55.bis, por Ley 2/2013, de 27 de febrero (Ref. BOE-A-2013-4088).
    • Capítulos IV y V del título III y los arts. 83 a 86, por Ley 12/2011, de 26 de diciembre (Ref. BOE-A-2012-1252).
  • SE DEROGA los arts. 11, 12 y disposición adicional 5, por Ley 16/2010, de 17 de diciembre (Ref. BOE-A-2011-2544).
  • SE MODIFICA:
  • SE AÑADE la disposición adicional 5, por Ley 16/2007, de 26 de diciembre (Ref. BOE-A-2008-2988).
  • SE DEROGA los arts. 78, 79 y la disposición adicional 4, por Ley 9/2007, de 13 de junio (Ref. BOE-A-2007-13828).
  • SE MODIFICA:
    • los arts. 19, 21, 23, 78 y 79 y SE AÑADE la disposición adicional 4 , por Ley 14/2004, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-2005-1722).
    • los arts. 46.4 y 97.1.a), por Ley 9/2003, de 23 de diciembre (Ref. BOE-A-2004-1674).
    • los arts. 23.3 y 68.3, por Ley 7/2002, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-2003-1810).
    • los arts. 58.6 y 97. 1, por Ley 3/2002, de 29 de abril (Ref. BOE-A-2002-11079).
    • los arts. 58.3, 60.2, 68.3, 69.3, y 97.1, por Ley 5/2000, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-2001-1381).
    • los arts. 21, 23, 55, 58, 78 y 79, por Ley 8/1999, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-2000-2189).

Referencias anteriores

  • DEROGA:
    • arts. 3, 4, 5, 6 y 8 de la Ley 7/1998, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-1999-6942).
    • arts. 4 y 5 de la Ley 2/1998, de 8 de abril (Ref. BOE-A-1999-348).
    • Disposiciones adicionales 9, 10 Y 11 de la Ley 11/1995, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-1996-10311).
    • arts. 8, 23, 38, 39 y 40 de la Ley 1/1994, de 30 de marzo (Ref. BOE-A-1994-22807).
    • Disposición adicional tercera de la Ley 14/1992, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-1993-5015).
    • Ley 11/1992, de 7 de octubre , (Ref. BOE-A-1993-4518).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 4.4 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero (Ref. BOE-A-1983-23788).
    • art. 10.1 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 1/1981, de 6 de abril (Ref. BOE-A-1981-9564).
  • CITA Ley 6/1998, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-1999-6941).

Materias

  • Contabilidad
  • Galicia
  • Hacienda Pública
  • Presupuestos de las Comunidades Autónomas

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