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Real Decreto 937/2010, de 23 de julio, por el que se regula el Fondo Financiero del Estado para la Modernización de las Infraestructuras Turísticas.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 179, de 24/07/2010.
Entrada en vigor:
25/07/2010
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2010-11821
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2010/07/23/937/con

Índice: «Última actualización, publicada el 08/12/2021»

Norma derogada, con efectos de 9 de diciembre de 2021, por la disposición derogatoria única del Real Decreto 1072/2021, de 7 de diciembre. Ref. BOE-A-2021-20257

Téngase en cuenta que el Fondo Financiero del Estado para la Modernización de las Infraestructuras Turísticas (FOMIT) regulado en el presente Real Decreto, pasa a denominarse «Fondo Financiero del Estado para la Competitividad Turística F.C.P.J. (FOCIT)», según establece el art. 6.1 del Real Decreto-ley 12/2019, de 11 de octubre. Ref. BOE-A-2019-14634.

[Preámbulo]

CAPÍTULO I. Disposiciones Generales

CAPÍTULO II. Aportaciones al capital social

CAPÍTULO III. Préstamos bonificados

CAPÍTULO IV. Constitución de garantías

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones derogatorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]


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