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Ley 3/2011, de 13 de octubre, sobre Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOPV» núm. 207, de 02/11/2011, «BOE» núm. 272, de 11/11/2011.
Entrada en vigor:
03/11/2011
Departamento:
Comunidad Autónoma del País Vasco
Referencia:
BOE-A-2011-17716
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-pv/l/2011/10/13/3/con

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 13/10/2011
  • Fecha de publicación: 11/11/2011
  • Fecha de entrada en vigor: 03/11/2011
  • Publicada en el BOPV núm. 207, de 2 de noviembre de 2011.
  • Fecha de derogación: 29/06/2024

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, con efectos desde el 29 de junio de 2024, por Ley 15/2023, de 21 de diciembre (Ref. BOE-A-2024-899).
  • SE MODIFICA, con efectos desde el 29 de marzo de 2023, el art. 2.3 , por Ley 14/2022, de 22 de diciembre (Ref. BOE-A-2023-1405).

Referencias anteriores

  • DEROGA la disposición adicional 2 de la Ley 2/2009, de 23 de diciembre (Ref. BOE-A-2010-4404).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 7.3 de la Ley de principios ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, texto refundido aprobado por Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre (Ref. BOPV-p-1998-90002).
    • Estatuto aprobado por Ley Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre (Ref. BOE-A-1979-30177).
  • CITA Real Decreto 1441/2010, de 5 de noviembre (Ref. BOE-A-2010-17578).

Materias

  • Organización de las Comunidades Autónomas
  • País Vasco
  • Servicios Públicos de Empleo

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