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Real Decreto 787/2023, de 17 de octubre, por el que se dictan disposiciones para regular el sistema de trazabilidad, identificación y registro de determinadas especies de animales terrestres en cautividad.

Publicado en:
«BOE» núm. 263, de 03/11/2023.
Entrada en vigor:
02/01/2024
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2023-22499
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2023/10/17/787/con

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 17/10/2023
  • Fecha de publicación: 03/11/2023
  • Fecha de entrada en vigor: 02/01/2024

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • CORRECCIÓN de errores:

Referencias anteriores

  • DEROGA:
    • con efectos desde el 2 de enero de 2024, el art. 15 y MODIFICA, con los mismos efectos, el art. 14.4 del Real Decreto 637/2021, de 27 de julio (Ref. BOE-A-2021-12609).
    • con efectos desde el 2 de enero de 2024, el art. 13 del Real Decreto 306/2020, de 11 de febrero (Ref. BOE-A-2020-2110).
    • con efectos desde el 2 de enero de 2024, el Real Decreto 676/2016, de 16 de diciembre (Ref. BOE-A-2016-11950).
    • con efectos desde el 2 de enero de 2024, el Real Decreto 685/2013, de 16 de septiembre (Ref. BOE-A-2013-10103).
    • con efectos desde el 2 de enero de 2024, el art. 5.3 y MODIFICA, con los mismos efectos, el apartado 2.2.11 del anexo I del Real Decreto 804/2011, de 10 de junio (Ref. BOE-A-2011-11344).
    • con efectos desde el 2 de enero de 2024, el art. 15 del Real Decreto 360/2009, de 23 de marzo (Ref. BOE-A-2009-6070).
    • con efectos desde el 2 de enero de 2024, los anexos III, IV, XII y XIII y MODIFICA, con los mismos efectos, los arts. 4.1, 6.1 y los anexos I, V, VII y XI del Real Decreto 728/2007, de 13 de junio (Ref. BOE-A-2007-12694).
    • con efectos desde el 2 de enero de 2024, el art. 5 del Real Decreto 1547/2004, de 25 de junio (Ref. BOE-A-2004-12011).
    • con efectos desde el 2 de enero de 2024, el art. 4 y MODIFICA, con los mismos efectos, el art. 7.2 del Real Decreto 209/2002, de 22 de febrero (Ref. BOE-A-2002-5016).
    • con efectos desde el 2 de enero de 2024, el Real Decreto 1980/1998, de 18 de septiembre (Ref. BOE-A-1998-23140).
    • con efectos desde el 2 de enero de 2024, el Real Decreto 205/1996, de 9 de febrero (Ref. BOE-A-1996-4584).
    • con efectos desde el 2 de enero de 2024, el art. 32 del Reglamento aprobado por Decreto de 4 de febrero de 1955 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1955-4699).
  • MODIFICA con efectos desde el 2 de enero de 2024, los arts. 3, 4.3 y anexo I, AÑADE, con los mismos efectos, la disposición transitoria 2 y renumera la disposición transitoria única como 1 del Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo (Ref. BOE-A-2004-6426).
  • DE CONFORMIDAD con los arts. 7.1 y 39 de la Ley 8/2003, de 24 de abril (Ref. BOE-A-2003-8510).
  • CITA Reglamento (UE) 2016/429, de 9 de marzo (Ref. DOUE-L-2016-80535).

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