Advertido error en el texto remitido para su publicación del citado Decreto, inserto en el «Boletin Oficial del Estado» número 202, de fecha 23 de agosto de 1972, se transcribe a continuación la rectificación oportuna:
En la página 15495, en el articulo trece, donde dice: «El pago de estos daños se efectuará con cargo a los fondos que se mencionan en el párrafo tercero del artículo once...», debe decir: «El pago de estos daños se efectuará con cargo a los fondos que se mencionan en el párrafo cuarto...»
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