Ilmos. Sres.:
Las condiciones en que se ha desarrollado la última fase de producción de la campaña oleícola 1976/77 han motivado la producción de aceites de oliva vírgenes corrientes en proporción muy superior a la de otras campañas, por lo que se hace aconsejable extender a este tipo de aceites las medidas de regulación.
Esta Presidencia, en virtud de lo establecido en el Real Decreto 3076/1976, de conformidad con el acuerdo adoptado por el Consejo de Ministros en su reunión del día 15 de abril de 1977, y con el acuerdo del Comité Ejecutivo y Financiero del F. O. R. P. P. A. del día 30 de marzo de 1977, tiene a bien dictar la siguiente:
En la presente campaña, a partir de la fecha de publicación de esta Resolución, el F. O. R. P. P. A. adquirirá los aceites de oliva vírgenes corrientes que respondan a las determinaciones y características definidas en el artículo séptimo del Decreto 2934/1975, realizándose la adquisición y venta de los mismos en las condiciones y modalidades previstas en la Resolución de dicho Organismo de 21 de enero de 1977 («Boletín Oficial del Estado» número 28, de 2 de febrero). Los precios, sobre centro de recepción, serán los siguientes:
Ptas/kg. | |
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Precios de adquisición. | |
Aceite de oliva virgen corriente de hasta 2° de acidez. | 78,50 |
Aceite de oliva virgen corriente de más de 2° y hasta 3° de acidez. | 77 |
Precios de venta. | |
Aceite de oliva virgen corriente de hasta 2° de acidez. | 80,50 |
Aceite de oliva virgen corriente de más de 2° y hasta 3° de acidez. | 79 |
Dichos precios de adquisición y de venta se incrementarán en las cantidades y en las condiciones establecidas en las normas 5.ª dos y 13 dos de la Resolución de 21 de enero de 1977.
Lo que comunico a VV. II.
Dios guarde a VV. II. muchos años.
Madrid, 21 de abril de 1977. — El Presidente, José Enrique Martínez Genique.
Para conocimiento y cumplimiento de
Ilmos. Sres. Director general de Comercio Interior y Comisario general de Abastecimientos y Transportes, Presidente del Sindicato Nacional del Olivo, Administrador general del F. O. R. P. P. A., Secretario general del F. O. R. P. P. A.
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