Vacante uno de los escaños de Senador en representación de la provincia de Alicante, por fallecimiento de su titular, procede convocar elecciones parciales para completar la representación en el Senado de dicha provincia, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos veintiocho, apartado primero, y veintinueve, apartados segundo y tercero del Real Decreto-ley veinte/mil novecientos setenta y siete, de dieciocho de marzo, sobre normas electorales.
En su virtud, a propuesta del Presidente del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día once de marzo de mil novecientos setenta y ocho,
DISPONGO:
Se convocan elecciones parciales para cubrir un escaño de Senador en representación de la provincia de Alicante, por el tiempo que resta de la presente legislatura.
La elección se celebrará el día diecisiete de mayo de mil novecientos setenta y ocho, con sujeción a cuanto se establece en el Real Decreto-ley veinte/mil novecientos setenta y siete, de dieciocho de marzo, sobre normas electorales.
Dado en Madrid a once de marzo de mil novecientos setenta y ocho.
JUAN CARLOS
El Presidente del Gobierno,
ADOLFO SUAREZ GONZALEZ
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