Advertidos errores en el texto remitido para la publicación del citado Real Decreto, inserto en el «Boletín Oficial del Estado» número 81, de 4 de abril de 1979, páginas 8003 y 8004, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En el artículo tercero, diez, segundo párrafo, donde dice: «... inspección que les atribuye el artículo quinto de esta disposición», debe decir: «... inspección que les atribuye el artículo sexto de esta disposición».
En el artículo cuarto, dos, primer párrafo, donde dice: «... punto siete del artículo dos...», debe decir: «... punto siete del artículo tercero...».
Igualmente, en el segundo párrafo de este mismo artículo cuarto, dos, donde dice: «... punto seis del artículo segundo», debe decir: «... punto seis del artículo tercero».
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid