En uso de las atribuciones conferidas a la Dirección del Instituto Nacional para la Conservación de la Naturaleza (ICONA), en el artículo octavo, apartado c), del Decreto 639/1972, de 9 de marzo,
Esta Dirección ha resuelto delegar, de una manera permanente, en las Jefaturas de los Servicios Provinciales del Instituto, la facultad, de representar al mismo en los actos de formalización de convenios suscritos al amparo de la Ley 5/1977, de 4 de enero, de Fomento de Producción Forestal, y su Reglamento, aprobado por Decreto 1270/1978, de 2 de mayo, en los que tenga que intervenir este Instituto como parte, siempre que dichos convenios hayan sido previamente autorizados por acuerde del Consejo de Dirección de ICONA.
Madrid, 16 de enero de 1979.–El Director, José Lara Alén.
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