Advertidos errores en el texto del mencionado Real Decreto, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 142, de fecha 13 de junio de 1980, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En la página 13110, en el preámbulo, segundo párrafo, donde dice: «con el fin de lograr un adecuado ejercicio de competencias...», debe decir: «con el fin de lograr un adecuado ejercicio de las competencias...».
En la página 13110, artículo 5.º, punto 2, donde dice: «de vigilancia litoral, los titulares...», debe decir: «de la vigilancia litoral, los titulares...».
En la página 13111, articulo 15, punto 2, donde dice: «de dominio público, a título precario y sin menoscabo deuso...», debe decir: «de dominio público, a título de precario y sin menoscabo del uso...».
En la página 13112, artículo 21, punto 2, donde dice: «da, a menos que demostrara que la renuncia o el desestimiento...», debe decir: «da, a menos que demostrara que la renuncia o el desistimiento...».
En la página 13113, artículo 29.1, donde dice: «incluida en su plan de ordenación de una costa o playa apro-...», debe decir: «incluida en un plan de ordenación de una costa o playa apro-...».
En la página 13115, artículo 42, apartado d), donde dice: «moluscos, centro de expedición de mariscos y criaderos de...», debe decir: «moluscos, centros de expedición de mariscos y criaderos de...».
En la página 13115, disposición transitoria primera, punto 4, donde dice: «Transcurrido el plazo señalado en el párrafo anterior de...», debe decir: «Transcurrido el plazo señalado en el párrafo primero de...».
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