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Documento BOE-A-1980-19400

Orden de 31 de julio de 1980 por la que se crea el Patronato de la Sección de Guerra Civil del Archivo Histórico Nacional.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 214, de 5 de septiembre de 1980, páginas 20095 a 20095 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-1980-19400
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1980/07/31/(7)

TEXTO ORIGINAL

Ilmos. Sres.: Por Real Decreto 2761/1977, de 28 de octubre, al suprimirse la Sección de Servicios Documentales de la Presidencia del Gobierno, este archivo pasa a depender del Ministerio de Cultura, y por Orden ministerial de 7 de mayo de 1979, con la finalidad de lograr su integración en el sistema general de archivos del Ministerio, sus fondos documentales son confiados a la dependencia del Archivo histórico nacional, formando en el mismo una división independiente que constituye en la actualidad la Sección de Guerra Civil.

Con la finalidad de dotar a este Archivo de los medios necesarios para el mejor cumplimento de sus objetivos y facilitar el acceso, en las mejores condiciones de consulta, a todos los Investigadores parece aconsejable la creación a estos efectos de un Patronato con la misión de asesorar y prestar asistencia al Ministerio de Cultura en todo lo referente a la mejor conservación y defensa de los mencionados fondos documentales.

En su virtud, a propuesta de la Dirección General del Patrimonio Artístico, Archivos y Museos, he tenido a bien disponer:

Artículo 1.

Se crea el Patronato de la Sección de Guerra Civil del Archivo Histórico Nacional que tendrá su sede en. Salamanca.

Artículo 2.

El Patronato estará integrado por:

Un Presidente designado por el Ministro de Cultura, a propuesta del Director General del Patrimonio Artístico, Archivos y Museos.

Un Vicepresidente, que será el Director del Archivo Histórico Nacional.

Cinco Vocales, uno en representación de la Universidad de Salamanca, otro en representación de la Diputación Provincial, otro en representación del Ayuntamiento de dicha ciudad y dos Catedráticos o Historiadores, nombrados por el Ministro de Cultura, a propuesta del Director general del Patrimonio Artístico, Archivos y Museos.

Actuará como Secretario el funcionario del Cuerpo facultativo de Archiveros que desempeñe la Jefatura de la Sección correspondiente del Archivo Histórico Nacional.

Las reuniones del Patronato serán presididas, cuando asistan a ellas, por el Ministro de Cultura, el Director general del Patrimonio Artístico, Archivos y Museos o el Subdirector general de Archivos.

Artículo 3.

Las funciones del Patronato serón las siguientes:

a) Informar acerca de cuantas disposiciones se proyecte dictar para la adecuada protección y conservación del Patrimonio documental del Archivo.

b) Proponer al Ministro de Cultura cuantos planes y disposiciones consideren adecuados para el' mejor cumplimiento de los fines del Archivo.

c) Asesorar al Ministro de Cultura en todas aquellas cuestiones que se sometan a su consideración para la mejor defensa y tratamiento de los fondos documentales del Archivo.

Artículo 4.

El Patronato se reunirá cuantas veces sea convocado por su Presidente y al menos una vez al año, ajustándose en su funcionamiento y adopción de acuerdos a lo dispuesto en el capítulo 2.º, del título I, de la Ley de Procedimiento Administrativo.

Artículo 5.

Los miembros del Patronato devengarán, en la forma reglamentaria, las asistencias y comisiones de servido a que tengan derecho.

Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a VV. II. muchos años.

Madrid, 31 de julio de 1980.

DE LA CIERVA Y HOCES

Ilmos. Sres. Subsecretario de Cultura y Director general del Patrimonio Artístico, Archivos y Museos.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 31/07/1980
  • Fecha de publicación: 05/09/1980
  • Fecha de derogación: 14/03/1999
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Real Decreto 426/1999, de 12 de marzo (Ref. BOE-A-1999-6055).
Referencias anteriores
  • EN RELACIÓN con la Orden de 7 de mayo de 1979 (Ref. BOE-A-1979-14640).
  • CITA:
    • Real Decreto 2761/1977, de 28 de octubre (Ref. BOE-A-1977-26714).
    • Ley sobre procedimiento administrativo, de 17 de julio de 1958 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1958-11341).
Materias
  • Archivos
  • Dirección General del Patrimonio Artístico Archivos y Museos
  • Guerra Civil
  • Ministerio de Cultura
  • Patronatos

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